Dirección General de Comunicación Social
México, D.F., a 3 de enero de 2007.
Boletín de prensa 01/2007
RECIBIÓ LA CDHDF 27 QUEJAS POR DISCRIMINACIÓN
En el periodo de enero a noviembre de 2006, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) recibió 27 quejas en las cuales se determinó que hubo presunta violación a derechos humanos por discriminación o discriminación por género.
Las autoridades señaladas por las peticionarias y los peticionarios en las quejas referidas son, la Secretaría de Salud con 2 menciones; la Clínica Especializada Condesa (Programa de VIH-SIDA de la ciudad de México; el Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas; el Hospital General La Villa, y los servicios de Salud Pública del Distrito Federal con una mención cada una de ellas.
La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y la Policía Auxiliar fueron mencionadas en 2 ocasiones; la Caja de Previsión de la Policía Preventiva, CAPREPOLI, y la Oficialía Mayor de la Secretaría de Seguridad Pública, tuvieron una mención.
En el caso de las Delegaciones, la jefatura delegacional en Cuauhtémoc y la jefatura delegacional en Benito Juárez tuvieron dos menciones. De la Secretaría de Transportes y Vialidad el Sistema de Transporte Colectivo recibió 2 quejas y la Dirección General de Transporte tuvo una queja.
Respecto a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) la Coordinación Territorial de Seguridad Pública y Procuración de Justicia CUH-2, la Coordinación Territorial de Seguridad Pública y Procuración de Justicia CUH-5, la Oficialía Mayor de la PGJDF y la Fiscalía central de Investigación para Delitos Sexuales, tuvieron una mención.
De la Jefatura de Gobierno, la Dirección General de Comunicación Social y la Jefatura de Gobierno tuvieron una mención cada una de ellas. De la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el Instituto de Vivienda del Distrito Federal tuvo una mención. De la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la Dirección General del Registro Civil tuvo una mención.
A su vez, de la Secretaría de Desarrollo Social, el Centro de Asistencia e Integración Social Villa Margarita fue mencionado en una ocasión. La Secretaría de Gobierno tuvo una mención.
De las 27 quejas reportadas 11 continúan en trámite y las 16 restantes fueron concluidas bajo las siguientes causales: por solución a la queja durante su tramitación, 5 quejas; por falta de interés de la o el quejoso y/o de la o el agraviado en la continuación del procedimiento, 3 quejas; por no existir elementos suficientes para acreditar la violación a los derechos humanos, 3 quejas; por desistimiento de la o el quejoso y/o de la o el agraviado, 2 quejas; por orientación a la o el quejoso y/o a la o el agraviado, 2 quejas y por no ser competencia de la CDHDF, 1 queja.
El Presidente de la CDHDF, Emilio Álvarez Icaza Longoria, ha destacado que un tema pendiente en la ciudad es la pobreza, por ello, hay que vencer la exclusión y entender que la diversidad cultural, étnica, sexual y religiosa nos enriquece.
Además, ha señalado que la práctica, vivencia y exigencia del Derecho a la No Discriminación es un mínimo de civilidad democrática que en México tiene déficit. Álvarez Icaza señala que hablar hoy del Derecho a la No Discriminación y hacer visible este fenómeno, forma parte de la nueva agenda de Derechos Humanos.
La CDHDF publicó la Compilación de Instrumentos Jurídicos en Materia de No Discriminación, cuatro tomos fruto de tres años de investigación realizada con la intención de dotar al cuerpo de visitadores y de educadores de la Institución de instrumentos jurídicos que permitieran construir la noción del Derecho a la No Discriminación, esto en el marco de la Campaña Permanente por la No Discriminación.
Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal
La Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación entró en vigor el pasado 20 de julio en la ciudad de México.
De acuerdo con el Artículo 10 de esta normatividad, compete a la CDHDF conocer de quejas o denuncias por presuntas violaciones al derecho a la no discriminación cuando éstas fueren imputadas a cualquier autoridad o servidor público que desempeñe un empleo, cargo o comisión local en el Distrito Federal o en los órganos de procuración e impartición de justicia cuya competencia se circunscriba al Distrito Federal, y; proporcionar a los particulares y a los demás entes públicos la asesoría y la orientación necesarias y suficientes para hacer efectivo el derecho humano a la no discriminación, todo lo anterior con base en sus atribuciones, principios y procedimientos.
martes, 23 de octubre de 2007
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