En la entrega anterior, como primera parte, se reflexionó
respecto a la tensión que causa la realidad social que vivimos y las decisiones
que llevan a la realidad de iure, de conformidad a los derechos humanos, como
el marco contextual que generan las fricciones entre las imposiciones de leyes
que no toman en cuenta la realidad social, esta que se vive y se da en la
cotidianidad de las personas en México, de la injusticia y violaciones graves
a sus derechos.
Una de estas tensiones se produjo el martes 13 de marzo de
2018, cuando se determina la constitucionalidad del proyecto presentado por el
Ministro Javier Laynes Potisek (ministro impuesto por el presidente Enrique
Peña Nieto), con la mayoría de 7 votos a favor en la Suprema Corte de Justicia
de la Nación (SCJN), respecto a la actuación de los elementos policiales,
quienes podrán realizar inspecciones a personas y vehículos sin que exista una
orden escrita, y que se puede realizar tan solo por presumir la simple
existencia de “sospecha razonable” de estar involucrado en un delito,
contenidas en los artículos 132, 147, 251, 266 y 268 del Código Nacional de
Procedimientos Penales, esto a raíz de la acción de inconstitucionalidad promovida
por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional
de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
Este acto se genera en tiempos de excesiva violencia en la
sociedad mexicana, la colusión de las policías, en todos los órdenes de gobierno:
federal, estatal y municipal con el crimen organizado o entre ellos mismos para
cometer actos ilícitos violando flagrantemente los derechos humanos, son
quienes originan esta violencia; son el día a día del acontecer nacional, donde
se han documentado cientos de casos de venta y entrega de personas.
A últimas fechas, el caso de la desaparición forzada de 3
italianos entregados al crimen organizado por policías municipales de Tepatitlán,
Jalisco[1], el caso de 124 desapariciones
forzadas con 202 víctimas por policías de Veracruz, en instalaciones de la
misma academia de policías en Lancero, Xalapa[2], así como la ejecución
extrajudicial en el caso de las hermanas Nefertiti y Grecia Camacho Martínez de
16 y 14 años otra vez en Veracruz[3], son el claro ejemplo de
que las policías no deben de tener manga ancha en su actuación.
La debilidad policíaca nos permite observar la falta de
compromiso por parte de sus mandos, así como de la necesidad inmediata de
modificaciones profundas en la aceptación e integración en la filas desde las
academias formativas; realizar evaluaciones poligráficas y de perfiles
psico-criminales, es hoy una realidad a la cual no podemos eludirla.
En un intento de buscar respuestas a esta aturdidora,
negligente y torpe actualidad de iure sin contemplar lo anterior, tal vez el
Manual ampliado de derechos humanos para la policía, Normatividad y Practicas
de los Derechos Humanos para Policías de Naciones Unidas[4], a través de la Oficina
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, podría
ser una guía importante en la modificación del paradigma de manera sustancial.
En ella se establece la forma de proceder en casos, como el
que estamos viviendo, dejando claro que: “Antes
de proceder a un registro obtenga una orden o un mandamiento judicial de
registro siempre que sea posible. Los registros sin orden deben ser la
excepción y llevarse a cabo sólo cuando sea razonable y esté justificado, como
en el curso de una detención lícita, en caso de libre consentimiento o cuando
la obtención de una orden con antelación sea imposible dadas las circunstancias[5]”, esto siempre tomando en consideración
que “En todas las actividades de la
policía se observarán los principios de legalidad, necesidad, no
discriminación, proporcionalidad y humanidad[6]”.
Legalidad, fundamentando sus actuaciones conforme a derecho
y sus procedimiento secundarios; necesidad de actuar, sin dilación y prontitud;
no discriminación de conformidad en nuestro marco normativo al artículo 1°
constitucional; proporcionalidad del uso de la fuerza y humanidad en
consecuencia el principio Pro-persona en defensa de la dignidad humana.
Sobre todo, para el caso que nos atañe en México “Los funcionarios encargados de hacer cumplir
la ley no cometerán ningún acto de corrupción[7]”, la cual tendrá un carácter
de obligatoriedad en cada una de sus actuaciones. Sin embargo, y
lamentablemente la realidad social es otra, demostrando lo contrario, casos emblemáticos
de la deserción por parte de los elementos policíacos para sumarse a las filas de la delincuencia son la constante en la ecuación de Seguridad Pública, esta que es de por si ya endeble, forzando a caer en la Seguridad Nacional, la adhesión de ex-policías
para realizar otros actos ilícitos como ha sido el caso de los huachicoleros[8], generan un alto impacto en los niveles de corrupción e impunidad, son
la razón de evidenciar la falta deontológica de su proceder.
Otras medidas de contrapeso, será establecer controles
ciudadano para registrar actos que violen la seguridad personal, y por ello de violaciones
a los derechos humanos, actos que serán lícitos por quienes son molestadas en
su persona ante este tipo de actuación policial, permitiendo en tiempo
real grabar con celulares u otros dispositivos electrónicos estas acciones,
facultar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos o a los Órganos Estatales de
Protección de los Derechos Humanos, cual sea el caso, para allanarse en el
lugar donde se está realizando la revisión, antes de poner a disposición a quien se presume culpable, para esto se tiene que diseñar un procedimiento de
respuesta inmediata y también facultar a quien se encuentre y sea testigo de
los hechos, poder grabar a policías proporcionando por parte de los elementos todos
los datos, sin molestia ni agravio a quien los realice, un tipo de auditor ciudadano
del procedimiento, finalmente informar a toda la ciudadanía de los elementos
con los que cuenta para su defensa y de las instancias que se los garanticen.
En contraparte a la propuesta presentada por Laynez, 4
ministros votaron por la negativa, al defender los derechos humanos, encabezada
por el Ministro Arturo Zaldívar junto a sus compañeros Norma Piña, José Ramón
Cossio y Fernando Franco, con sustento y motivación en el principio Pro-persona,
es sin lugar a duda lo más atinado de todas las peroratas vertidas para
determinar su inconstitucionalidad, toda vez que viola derechos de seguridad
jurídica, presunción de inocencia, intervención discrecional en la esfera personal
y el debido proceso.
No se puede dejar de lado señalar que la resolución adoptada
por la SCJN es no por menos decir, infame; debido a que su aplicación será sin
lugar a equivocarnos, fuente de innumerables violaciones a los derechos humanos;
actos que no son aislados sino bastante recurrentes, teniendo como candado las
restricciones anteriores hasta el martes pasado, y que a pesar de ellas se
venían realizando: detenciones arbitrarias, desaparición forzada, ejecuciones
extrajudiciales, tortura así como tratos crueles y degradantes, y trata de
personas por integrantes de los cuerpos policíacos, ahora con esta puerta
abierta se llevaran a cabo con mayor impunidad e intensidad.
Solo nos queda esperar, es decir, solicitar a la CNDH una vez
agotada esta instancia, llevarle a la Corte Interamericana de los Derechos
Humanos, ya que esta realidad de iure se contrapone contra el cuerpo normativo
ya existente y sobre todo ante la realidad nacional de corrupción policiaca,
quienes junto a los militares llevan a cabo la mayor incidencia de violaciones
graves a los derechos humanos, violaciones que se comienzan a conformar en crímenes
de lesa humanidad ante su cantidad y reiteración, donde el gobierno por su
falta de acción, omisión o intervención directa, son cómplices de los mismo crímenes
que tendrán que ser ventilados y juzgados en tribunales internacionales.
Por la conquista de nuestros derechos.
Rodolfo Vitela Melgar.
Ciudadano Libre.
[1]
Rendón, Vicente, “Revelan que policías mexicanos secuestraron y entregaron al
narco a tres italianos desaparecidos”, CC
NEWS, México, 24 de febrero de 2018, https://news.culturacolectiva.com/noticias/policias-mexicanos-coludidos-con-narcotrafico/
[2]
Manu, Ureste, “La policía de Javier Duarte nos arruinó la vida: exigen
investigación contra exgobernador por desapariciones”, Animal Político, México, 19 de febrero de 2018, https://www.animalpolitico.com/2018/02/duarte-lencero-policias-desapariciones/
[3]
Redacción de Animal Político, “Fiscalía de Veracruz exculpa a policías cinco
días después de que abatieron a dos menores en Río Blanco”, México, 15 de marzo
2018, https://www.animalpolitico.com/2018/03/fiscalia-de-veracruz-exculpa-a-policias-cinco-dias-despues-de-que-abatieron-a-dos-menores-en-rio-blanco/
[4]
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,
“Normatividad y Practicas de los Derechos Humanos para Policías de Naciones
Unidas,
Manual ampliado de derechos humanos para la policía”,
Nueva York y Ginebra, Naciones Unidas, 2003, http://www.ohchr.org/Documents/Publications/training5Add3sp.pdf
[5]
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, “Normatividad
y Practicas de los Derechos Humanos para Policías de Naciones Unidas,
Manual ampliado de derechos humanos para la policía”,
Nueva York y Ginebra, Naciones Unidas, 2003, p.17.
[6]
Íbidem, p.3.
[7]
Íbidem, p.2.
[8] Ferri, Pablo, “Antes, como policía, ganaba
270 dólares al mes. Ahora, con el combustible, puedo sacar hasta 50.000”,
México, 23 de mayo 2017, https://elpais.com/internacional/2017/05/23/mexico/1495496778_273384.html
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