Existen tres crestas altamente visibles en la cultura del odio, estas que se asoman permitiendo mostrarnos la existencia de la misma; a según por el coraje, la saña y la maldad infringidas a sus víctimas o el sentido de buscar causarles daño, que los ataques, los crímenes y los discursos de odio son resultados de una ideología. Operantes bajo varias reproducciones culturales altamente sofisticadas, tanto que, es difícil de identificar a simple vista, ya que muchas veces subyacentes en una nata o subcapa cultural de poca visibilidad.
La narrativa social del odio en su complejidad atiende a una
secuencia constante de producciones ideológicas basadas en prejuicios, estigmatizaciones
y estereotipos subordinados por mandatos de supremacía, las más observables son
aquellas que irrumpen con mayor constancia la vida privada de las personas,
siendo morales y sexuales.
La supremacía taxonómicamente divida da cuenta del aspecto
moral, basada en la elaboración normativa a partir de principios y valores de génesis
religiosos o de culto, inclusive de un piadoso mensaje, que es persistentemente
emitido, reafirmado y repetido. Por su parte, la supremacía en su faceta
sexual, da sentido a la heterosexualidad como única orientación sexual,
dominante y valorada como correcta, por su utilidad “reproductivista”, en un
sistema de dominación por géneros bajo una estricta pedagogía de la crueldad. Esta
ley de hierro y teoría omnitemporal, establecen clausulas pétreas de simbiótica
codependencia argumentativa, para generar una sinergia destructiva de toda
aquella existencia que no las cumpliese.
Así pues, la narrativa del odio se encuentra integrada por
una ideología de generalidades radicales, ergo, la integración del campo “cognitivo”
de dicha ideología, se impronta de mentiras y falsedades noticiosas. En otras
palabras la cultura del odio se basa en dos grandes pilares, la narrativa del
odio, integrada por la discriminación, la estigmatización y los prejuicios; y la
ideología del odio formada por el supremacismo taxonómicamente observado.
Así de esta forma, generan un giro narrativo de los derechos
humanos para su instrumentalización, y poder continuar actuando y realizando
sus actos ilegítimos bajo el amparo en marcos normativos legales.
Que por su correlación descriptiva, entre los reenvíos de la
narrativa y la ideología del odio, originan una anti-teoría de los actos ultrajantes
que han perturbado la consciencia de la humanidad, pasando por una conversión
de lo público a lo privado, trastocando sus esferas por la injerencia engañosa
de los intereses individuales para ser impuesto por un grupo, los cuales serán deglutidos
como propios en el colectivo, que se basa en la aversión más profunda como
autoconsumo de la razón principal de su cultura.
Dentro de las simplificaciones de los reenvíos culturales
del odio se encuentra la normativa o jurídica, la cual actualmente deja fuera
los ataques, crímenes y discursos de odio focalizadas a las personas por
razones de su orientación sexual, identidad y expresión de género no heterosexuales,
han generado un vacío jurídico que imposibilita al Estado nación para su debido
seguimiento, de tal forma que las víctimas de estos brutales hechos queden
impunes, e incluso refuerzan a que la cultura del odio continúe fortaleciéndose
para seguir reproduciéndose con mayor fuerza y violencia.
El progreso de estas culturas de odio son mayormente
observadas al surgimiento irruptivo de los movimientos políticos de
utlraderecha populista, como es el caso de Putín en Rusia, Boslonaro en Brasil
y Trump en Estados Unidos, lo más alarmante del caso es que existe una contaminación
viral de la cultura del odio que se disemina peligrosamente en el mundo, como
ha sido el caso de Chechenia y a fechas recientes Polonia.
México en este sentido, ante la presencia de estas
manifestaciones de la cultura de odio recientes, se debe ver obligado a cumplir
con los mandatos internacionales de protección de los derechos humanos; el
Informe de Violencia contra Personas LGBTI elaborado por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos hace un llamado para la pronta atención de los
temas de odio, para que sean abarcados, llamado del cual también nuestro país
es convocado, que en correlación al artículo primero constitucional y bajo al
amparo del principio Pro Persona se encuentra ineludiblemente en observar.
Por tanto, se entiende que para atender el odio es necesario
el debido reconocimiento jurídico de los ataques, crímenes y discurso del
mismo, así como de su cultura, integrada de la narrativa e ideología del odio, que
en particular se realiza por razones de orientación sexual, identidad y
expresión de género no heterosexuales.
Estableciendo un mecanismo que tenga por objetivo atender
consecuentemente la cultura del odio, y no de forma aislada sus resultados
materiales.
Por la conquista de nuestros derechos
Rodolfo Vitela Melgar
Ciudadane Libre.
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