Carlos Avilés Allende
El Universal
Ciudad de México
Miércoles 03 de febrero de 2010
Subraya que permite que se abra un debate jurídico en torno al tema, alejado de las posturas intolerantes y de odio que han asumido tanto quienes apoyan la nueva ley como quienes están en contra de ella
El presidente del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Ricardo Bucio, celebró que el procurador General de la República promoviera un juicio en contra de la reforma que permite que personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio y adoptar hijos en el Distrito Federal.
Porque, dijo, permite que se abra un debate jurídico en torno al tema, alejado de las posturas intolerantes y de odio que han asumido tanto quienes apoyan la nueva ley como quienes están en contra de ella.
En contraste con esta postura, el representante en México de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Alberto Brunori, dijo que, de alguna manera, la ley aprobada en el Distrito Federal respalda un principio de no discriminación por cuestión de sexo.
Entrevistado al término de la inauguración de un foro organizado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la eliminación de la discriminación en contra de la mujer, Brunori hizo un llamado para que el debate en torno a este tema se realice en medio de causes cívicos, alejado de posturas discriminatorias, como las que, dijo, se han registrado en el país en los últimos días.
http://www.eluniversal.com.mx/notas/656103.html
Matrimonio gay no viola la Constitución: académico de la UNAM
Investigar de tiempo completo del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la máxima casa de estudios defiende la constitucionalidad del matrimonio entre personas del mismo sexo en el Distrito Federal y pide la renuncia del procurador
Ciudad de México.- El doctor Miguel Carbonell Sánchez, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, aseguró que, al promover una acción de inconstitucionalidad contra el matrimonio entre personas del mismo sexo, el procurador General de la República hizo “una apuesta muy delicada”; por lo que en caso de perder ante la Corte, Arturo Chávez Chávez debe presentar su renuncia.
“Basó su demanda no en argumentos jurídicos sino en una lectura ideológica e incluso religiosa de la Constitución, y quien hace una apuesta tan elevada desde una institución encargada de procurar justica en el Estado mexicano y pierde, debe asumir esa responsabilidad y presentar su renuncia al día siguiente”, señaló el doctor en derecho.
En entrevista con Anodis, para el jurista la Procuraduría General de la República (PRG) será derrotada una vez más, de acuerdo con los casos más polémicos que ha resuelto recientemente la Suprema Corte y considerando el perfil de cada uno de los 11 ministros integrantes del pleno y la forma que en cómo construyen sus argumentos constitucionales.
Con una resolución favorable, “la reforma que reconoce el matrimonio homosexual en el D.F, sería un ejemplo de ampliación de derechos y combate a la discriminación que podría ser sumido por las demás entidades federativas”, propuso.
Según el análisis jurídico del investigador, en el demanda de la PGR -un documento de 130 páginas- se argumenta que la definición de familia se encuentra en el texto constitucional según el modelo heterosexual compuesto por papá, mamá e hijos; sin embargo, para Miguel Carbonell esto es incorrecto, porque si bien el artículo 4º constitucional hace referencia a la familia, no la define.
“No tienen ningún fundamento jurídico porque la Constitución no define el concepto de familia en el artículo 4 constitucional”, y en consecuencia, explicó el académico, “queda en el ámbito de cada legislador local el entendimiento de lo qué es una familia y, en su caso, la regulación jurídica de esos vínculos familiares en términos de derechos y obligaciones recíprocos”.
De acuerdo con el también profesor de la Facultad de Derecho de la máxima casa de estudios de México, si la propia Constitución no impone un modelo la familia, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) actuó dentro de sus facultades al modificar el Código Civil y, por el contrario, amplía las posibilidades de acabar con la discriminación.
Miguel Carbonell explicó que lo único que puede leerse en la Carta Magna es que “la ley debe proteger la organización del desarrollo de la familia”, párrafo que fue añadido en 1974, pero con una preocupación del legislador sobre el control demográfico, ya que se incorporó la libertad reproductiva con la posibilidad de que el Estado mexicano alentara políticas de contención demográfica
Aunque en la exposición de motivos de la reforma de 1974 existe una referencia a la familia heterosexual, el jurista aclaró que la exposición de motivos no es texto vigente de observancia constitucional.
Sobre el segundo argumento de la PGR, el cual señala que el interés superior del menor podría verse afectado por el hecho de ser adoptado por una pareja homosexual, el investigador aseguró que la reforma de la ALDF lo único que permite es que en lugar de que la adopción sea en individual ahora ocurra en pareja, con lo cual se compartiría la patria potestad.
“No viola el interés superior del niño, al contrario lo fortalece y apoya, porque en caso de que falte uno de los integrantes de la pareja que ejercen la patria potestad, siempre queda el otro a cargo de la protección del menor”.
El abogado reconoció que por un error de procedimiento parlamentario, la PGR impugnó el artículo 391 del Código Civil del Distrito Federal, que permite la adopción a matrimonios de personas del mismo sexo, ya que dicho artículo fue publicado en la gaceta oficial de la capital, sin que haya sido modificado.
“Si bien es cierto no sufre ninguna modificación en su literalidad, por una falta de pericia en el trámite parlamentario, el artículo 391 del Código Civil fue publicado en la gaceta oficial del DF”, observó.
Finalmente, el doctor Carbonell Sánchez explicó que la Constitución es muy clara en su artículo 121, el cual señala que los actos del estado civil que se celebren en una entidad federativa tienen validez en los demás estados, por lo que los matrimonios entre personas del mismo sexo que se celebren en el Distrito Federal deben ser reconocidos en las demás entidades federativas.
http://anodis.com/nota/15476.asp
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