Todo un tema, el asunto de las 2 pobres mujeres, que como en el caso de Jacinta, su condena va más enfilada a que son, pobres, indígenas y mujeres.
Lea con indignación, cómo toda la fuerza del Estado, contra 2 pobres mujeres que siguen privadas de su libertad, a pesar de que en el caso Jacinta, se quedó demostrado que no existía evidencia para mantenerlas encerradas:
El juez Pedraza Longhi no tomó en cuenta pruebas de descargo
Piden liberación de dos indígenas sentenciadas a 21 años de prisión
Al igual que con Jacinta, sus casos están plagados de contradicciones
Mariana Chávez
Corresponsal
Periódico La Jornada
Martes 23 de febrero de 2010, p. 34
Querétaro, Qro., 22 de febrero. Familiares de las indígenas ñañús (otomíes) Teresa González Cornelio y Alberta Alcántara Juan se manifestaron en esta capital, en compañía de miembros de Amnistía Internacional, para exigir la libertad de ambas, sentenciadas en dos ocasiones a 21 años de prisión por el delito de secuestro en contra de seis elementos de la desaparecida Agencia Federal de Investigación (AFI) –que supuestamente se habría perpetrado el 26 de marzo de 2006–, y en el caso de Alberta Alcántara también por posesión de droga.
Ante el palacio de gobierno estatal, Amalia Juan Regino, Pedro Alcántara Vicente y Gabriel Alcántara Juan, madre y padre de Alberta, así como hermano de ésta y esposo de Teresa, respectivamente, demandaron que las dos mujeres recuperen su libertad. Asimismo, imputaron a la Procuraduría General de la República (PGR) fabricar pruebas contra las indígenas, quienes se hallan en prisión desde 2006.
Leopoldo Maldonado Gutiérrez, abogado del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, recordó en conferencia de prensa que el viernes pasado el juez cuarto de distrito, Rodolfo Pedraza Longhi, condenó a Teresa y Alberta a 21 años de cárcel, y a pagar una multa de 160 mil pesos; además, consideró a la segunda responsable de portar 400 gramos de cocaína.
Alberta y Teresa fueron sentenciadas a 21 años de prisión en diciembre de 2008, junto con Jacinta Francisco Marcial. En abril de 2009, el magistrado del tribunal unitario del 22 circuito, Hanz Eduardo Muñoz López, conoció de la apelación interpuesta en contra de la sentencia, y determinó que la acusación estaba plagada de contradicciones, por lo que ordenó reponer el procedimiento para el desahogo de nuevas pruebas, lo cual se desarrolló durante mayo y septiembre del año pasado.
Como parte de esa reposición del procedimiento, Jacinta Francisco obtuvo su libertad en septiembre de 2009. Sin embargo, el 19 de febrero anterior, el juez Pedraza Longhi convalidó las mismas pruebas y condenó nuevamente a 21 años de prisión a Teresa y Alberta.
Leopoldo Maldonado indicó que entre las pruebas en que se basó la PGR para acusar a las indígenas, destaca una llamada anónima que agentes federales recibieron en el sentido de que una persona “pecosa, pelo corto, güera, de complexión regular y procedente del estado de México” vendía drogas en la comunidad de Santiago Mexquititlán, municipio de Amealco –donde las convictas habitaban–, ésos son “rasgos fisonómicos diametralmente distintos a los de Alberta y Teresa”.
Añadió que las declaraciones de los agentes federales, quienesdijeron haber sido secuestrados por las indígenas, son contradictorias en tiempo, modo y lugar en que sucedieron los hechos.
Maldonado Gutiérrez indicó que el juez no tomó en cuenta pruebas de descargo presentadas por la defensa, en las cuales testigos señalaron que no observaron a Teresa y Alberta retener a persona alguna en el tianguis de Santiago Mezquititlán.
Abogados del Centro Pro dijeron que analizan apelar de la nueva sentencia o, en su caso, solicitar un amparo por las irregularidades detectadas en el proceso.
http://www.jornada.unam.mx/2010/02/23/index.php?section=sociedad&article=034n1soc
¿Y en dónde están todas las voces de las sociedad que debieran ALZAR la voz, para que no se siga suministrando justicia, fabricando culpables y castigando a modo, a la mujer, al indígena y a la pobreza?
Recientemente me ocupé de elaborar un texto, porque en cuestión de género seguimos con una tremenda iniquidad y como país, seguimos muy distante del efectivo respeto de la firma de tratados y derechos. Letras legales, tenemos muchas, pero lo imposible sigue siendo el lograr hacerlas efectivas.
A ver qué le parece lo que he escrito:
A pesar de que existe una declaración universal de los derechos humanos, en México sigue siendo cuesta arriba, para toda mujer el poder lograrlos.
En México hemos llegado en ocasiones como sociedad nos conformarnos, con el valor enunciativo de garantías individuales, colectivos y sociales así como de tratados internacionales, leyes y un serie de enunciados. Sin embargo lograr hacer efectivo el derecho que dicen nos cobija, invariablemente el camino está rodeado de violencias y torturas que acentúan la impotencia, cuando se es dependiente de la actuación ética, de los que deben privilegiar el valor y espíritu de la letra. Dependencia a la actuación de terceros, que estén totalmente comprometidos con el ejercicio del derecho, para alcanzar el efectivo acceso a la justicia.
Pero también el acceso a la justicia tiene una fuerte dependencia a la capacidad económica, motor que ayudará para iniciar una lucha, ya sea para tratar de hacer valer un derecho agraviado o alcanzar la libertad. Sí bien el estado tiene diseñada la figura de “defensoría pública”, en los hechos prácticos se ha logrado documentar, que el representante legal de oficio, suele ser rebazado por cargas laborales y en otros casos, que sin respaldo económico, el defensor no logra avanzar en la serie de trámites y fotocopias, que al juzgador se le deberá allegar.
En el pasado reciente tenemos el ejemplo que deja el caso, de la indígena Jacinta Francisco Marcial, presa bajo argumentos falsos.
Su historia pasó a la luz pública y con base en ello se logró generar una presión social, que en cierto sentido coadyuvó para alcanzar su libertad. Pero Jacinta es la historia de muchas mujeres, cuyo único delito se encierra en el impresentable principio de ser pobres y con la agravante de ser indígena. Jacinta arbitrariamente fue arrancada de su seno familiar y privada del derecho para trabajar. Desde el más impúdico abuso de poder, un grupo de hombres que se rentaron para ser parte del sistema del poder judicial, ignoraban el principal elemento de presunción de inocencia, tan sólo para atropellar. Durante 3 años, Jacinta fue privada de su libertad y cargaba una sentencia de 21 años, “por el secuestro de 6 agentes federales”. El caso de Jacinta dejó bastante claro, que en México se sigue padeciendo el acceso a la justicia, de segunda clase, y que poco importa la observancia de aportar intérprete, para que todo indígena pueda defender su inocencia y sobre todo conocer de qué tipo eran las imputaciones para mantenerla presa. Jacinta dejó de ser sujeto para convertirse en un objeto que debería permanecer sentada y solamente colocar su firma en documentos que le mostraban. El proceso jurídico en contra Jacinta, lució más como una farsa y fraude jurídico, violentando con ello todas las garantías para grupos vulnerables.
Sin embargo, después de tanta injusticia que ha padecido Jacinta, después de tanto daño, tanto económico, como moral que ha rodeado tanto a Jacinta como a su familia el Estado se niega a asumir el costo y resarcir los daños, sí es que efectivamente, se puede resarcir tanto dolor, pena e impotencia.
Hoy Jacinta, afortunadamente está libre y ésa libertad también es para su familia, que moralmente se encontró también presa y sujeta, porque la condena por ser pobres e indígenas, también había atrapado a su familia. De la noche a la mañana, dejaron de ser libres para llevar sus labores cotidianas y se encontraron encadenados, a buscar cómo defender y demostrar, que Jacinta, madre y esposa, no era parte ni ejecutora del secuestro que se le quería imputar.
Pero dentro de la historia de Jacinta, no es aún un tema cerrado. Y no podemos considerarlo cerrado, porque encontramos un claro acto de discriminación y quebranto de igualdad procesal. Teresa González Cornelio y Alberta Alcántara Juan, son 2 indígenas Ñhä-nhú que también fueron falsamente inculpadas y procesadas, dentro del sistema de justicia, que lució como de segunda clase. Es la fecha que las dos mujeres y sus familias siguen a la espera de alcanzar la libertad. La presión social solamente logró la libertad para Jacinta, pero no así para Teresa y Alberta.
¿Bajo qué argumento, legal, se les niega el derecho para alcanzar su libertad?
¿Bajo qué principio de igualdad y certeza jurídica, se puede aplazar su libertad?
¿Acaso no es evidente la clara discriminación, para el acceso real a la justicia, cuando se deja como, presas de conciencia, a 2 indígenas?
La igualdad jurídica es una Garantía Individual, consagrada en nuestra Constitución. Es un derecho para el gobernado y un límite para el Estado. Es un derecho público de todas las personas, frente al Estado, por lo que éste –el Estado-, tiene que garantizarle a aquélla que va a tener un trato igualitario, no sólo en su dignidad, sino en reconocerle los mismos derechos, las mismas oportunidades y en garantizarle el acceso al goce y disfrute de todas las garantías constitucionales y de los demás derechos que de ella derivan, en forma integral. Así pues, el Estado está obligado a garantizarles, tanto a Teresa González Cornelio como a Alberta Alcántara Juan, el mismo derecho que tuvo Jacinta para alcanzar su derecho a la libertad.
En la lucha e historia de Jacinta, se deja una lección que deberá asimilar el Estado.
Jacinta, Teresa y Alberta fueron imputadas bajo argumentos falsos, por 6 hombres que solamente sembraron falsas evidencias, calumnia y daño. 6 hombres que pretendieron prostituir la impartición de justicia. 6 hombres que pasaron por alto, los costos que implica, tanto en horas/hombre dentro del sistema de impartición de justicia así como las horas/hombre de una comunidad que busca ser productiva.
Los 6 hombres, agentes federales, con sus acciones solamente han contribuido a la perversión de un sistema que se debe a la justicia.
Para los 6 hombres, hasta hoy no hay un pago o costo jurídico de las consecuencias que han derivado sus actos.
Para las 3 indígenas y sus familias, los costos siguen siendo demasiado elevados.
Porque la cicatriz que deja la impotencia, dependencia e injusticia, que hoy, al menos 2 mujeres indígenas, presas, siguen cargando, no logrará borrarse cuando aún está acentuado, el vector que discrimina y sujeta.
El Estado deberá de garantizar el acceso a la efectiva justicia, derecho para todas las mujeres que hoy se puedan encontrar presas. Teniendo presente que dentro de la historia de Jacinta, Teresa González Cornelio y Alberta Alcántara Juan, demostró las condiciones y situaciones que viven las mujeres y que éstas no fueron las mismas que las de los 6 hombres.
Jacinta Francisco Marcial, Teresa González Cornelio y Alberta Alcántara Juan, son un ejemplo más de cuántas vertientes sigue presentando la violencia y tortura que afecta a las mujeres así como para el acceso a la justicia.
Pero dentro de las historias de la comunidad indígena también tenemos el caso, de Eufrosina Cruz Mendoza, mujer indígena que fue vencida y perseguida, por los usos y costumbres, de una comunidad machista, que anuló el derecho femenino, para ser votada y ocupar un cargo.
Eufrosina se había postulado para ser alcaldesa, logrando un voto mayoritario. En el estado de Oaxaca, dentro del municipio de Santa María Quiegolani, el poder político está exclusivamente en manos de los hombres. La palabra mujer no existe en las leyes comunitarias, lo que le impide votar y participar como candidata en las elecciones municipales. Contra viento y marea, Eufrosina quiso ser alcalde y para ello se preparó. Abandonó desde muy joven su región para formarse profesionalmente y dejar como ejemplo, que la mujer hoy debe luchar para ser primeramente sujeto y dejar de ser objeto, ése que dentro de las comunidades y derivadas de los usos y costumbres, pretenden condenar y privar a la mujer, sobre el proyecto y futuro que desean en la vida. Eufrosina inició su lucha para lograr una equidad de género, cuando su convicción la llevó a reafirmar, que una mujer tiene todo el derecho para decidir sí desea prepararse o casarse.
Eufrosina inició a sembrar la semilla que trataría de abrir el camino para una equidad y libertad, que de inicio arrancaba con el derecho al progreso y evolución personal, para proseguir con la ardua lucha electoral.
Eufrosina se mantenía en contacto con las mujeres de su comunidad y logró reuniones organizadas, para generar la reflexión colectiva, de sus derechos y nuevo rol que deberían alcanzar dentro de su comunidad. Eufrosina emprendió una lucha, para colocar no sólo la palabra mujer, sino los derechos que todo ser humano debe tener.
Derecho que aún sigue estando sujeto al vector discriminador y devaluador que parte del principio de género.
Eufrosina deseaba que el progreso y evolución, pudieran llegar para todas las mujeres del pueblo. Eufrosina estaba cansada de observar, que las mujeres de su comunidad estaban destinadas a proseguir con el rol social que los usos y costumbres les designan en actividades como, de levantarse a las 3 de la mañana, ir al campo a buscar leña, moler maíz, preparar las tortillas, atender a los hijos y limpiar la casa, los 7 días de la semana y los 365 de cada año.
La primera lucha de evolución personal la logró, gracias a su tenacidad. Pero la lucha para alcanzarla equidad de género dentro de los derechos políticos, la perdió, porque los usos y costumbres son un muro, que ni las leyes e instituciones electorales pueden hasta hoy derribar.
Eufrosina logró aparecer en las papeletas de la comunidad para competir y lograr ser la alcaldesa de su comunidad. El voto mayoritario de su comunidad le otorgó el triunfo, pero su triunfo y papeletas acabaron en la basura. El derecho efectivo al sufragio fue anulado por los usos y costumbres del poblado. Una asamblea popular, que no cuenta con presencia femenina, decidió ignorar, tanto el triunfo electoral de Eufrosina, así como desconocerla como ciudadana.
La comunidad machista colocaría otra pena contra la mujer que deseaba alcanzar la equidad de género: Fue expulsada de su comunidad, amenazada de muerte así como la restricción de los programas sociales en Oaxaca, para Eufrosina Cruz y seguidores.
A pesar de lo que dictan los artículo 14 y 22 de la Constitución, a pesar de lo que cita el artículo 8° del convenio169 de la OIT, a pesar de lo redactado dentro del texto constitucional del estado de Oaxaca en sus artículos 2 y 16, a pesar de que la ley Pueblos y Comunidades Indígenas, cita en su artículo 29, que reconoce la validez de las normas internas de los pueblos y comunidades indígenas, “siempre y cuando no contravengan la Constitución Política del Estado, las leyes estatales vigentes ni vulneren derechos humanos ni de terceros”.Y en artículo 46 “el Estado promoverá, en el marco de las prácticas tradicionales de las comunidades y pueblos indígenas, la participación plena de las mujeres en tareas y actividades que éstos no contemplan y que tiendan a lograr su realización, su superación, así como el reconocimiento y el respeto a su dignidad”.A pesar de que en el artículo 49, “el Estado asume la obligación de propiciar la información, la capacitación, la difusión y el diálogo, para que los pueblos y comunidades indígenas tomen medidas tendientes a lograr la participación plena de las mujeres en la vida política, económica, social y cultural de los mismos, a fin de cumplir cabalmente con el mandato del artículo 12 de la Constitución Estatal.
A pesar de todo ello, la historia de lucha que emprendió Eufrosina, mujer zapoteca, sigue sin alcanzar el legítimo derecho, de hacerlo efectivo no por falta de letra legal, sino por la distancia que aún hay, entre la descripción de un derecho y el poder lograr que su derecho sea efectivo.
Los grandes pendientes sociales siguen hasta hoy siendo:
El lograr erradicar a la mujer de un mundo de violencia, de alta discriminación y segregación de género. Lograr centra el valor desde el elemental principio de valía como ser humano para dejar atrás el etiquetado de un simple objeto. Un objeto que desde el propio conservadurismo, la condena a ser obediente, dependiente, callada y sumisa y sujeta a lo que otros decidan.
La deuda histórica que se sigue teniendo hasta nuestros tiempos, es el que toda mujer pueda lograr un acceso real al sistema de justicia y con ello hacer valer sus derechos.
Laura Tena Colunga
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