viernes, 1 de diciembre de 2017

ENTRE LA DESCALIFICACIÓN HETERONORMADA Y EL GAYMACHISMO DÍA MUNDIAL DE LUCHA CONTRA EL SIDA

1° de Diciembre
"Por mis gozosos amigos" 


Durante todo el día he venido realizando actividades para conmemorar el día en que el mundo recuerda la lucha contra el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), una serie de actos previos y anticipados que culminan el día de hoy, para inmortalizar a nuestros caídos, demandar mejores políticas públicas de prevención e investigación, evidenciar la insuficiencia de tratamientos retrovirales y la no discriminación que aún persiste; porque no solo ha mutado el virus sino que junto con él la misma discriminación.

Y sigo percatándome, desgraciadamente, de las nuevas formas de discriminación que hoy en día prevalecen en nuestra sociedad, por lo menos, de lo que me he podido dar cuenta en estos últimos años, y que hoy como era de esperarse lo volví a escuchar, llevándome nuevamente a ese rincón donde se revelan serias reflexiones muy fuera de la normalidad.

Ya que resulta, que hemos pasado de una discriminación abierta y activa, a una discreta y mucho más pasiva, una correctamente política, al tener una actitud piadosa ante las víctimas del virus, pero que igualmente estigmatizan y condenan.

Esta migración se concentra en responsabilizar a quien adquiere el virus, endosándole la culpa por medio de la responsabilidad deontológica, poniendo de nuevo el dedo en las prácticas sexuales y el modo en cómo se debe de realizar, lo que termina en calificar la orientación sexual de las personas.

Pero quizás, sí tomamos la responsabilidad y la observamos desde una visión epistemológica, podríamos observar el traslado de la culpa por medio de la utilización de la responsabilidad a través de un razonamiento dicotómico del mismo. Es decir, la responsabilidad interpretada como la falta de prevención de manera absoluta, imputada a quien la vive para calificarlo de bueno o malo, aceptable o inaceptable su práctica sexual, tiene alcances más allá de la relación sexual que llevó al contagio, ese instante o momento coital que abarca en su alcance a la orientación sexual como una preferencia en términos tradicionalistas, la cual se ubica en los campos de la moralidad religiosa.

Esto implica tal vez reflexionar y comprender, sin caer en la calificación “moraloide” de las costumbres y prácticas sociales que le dan forma y cohesión a la población de los varones disidentes sexuales. Para ayudarme a esta reflexión, me iré a la raíz latina de la palabra responsabilidad; para poder entender mejor de que se trata el razonamiento epistemológico que torpemente intento plantear.

Así pues, “responsum”, evoca a la forma latina del verbo responder y no de prever, ya que la prevención es, en su raíz latina compuesta por dos vocablos resultante en “praevenire”, significando la preparación con anticipación de lo necesario para un fin, y que vendría siendo por deducción argumentativa una forma quizás de responder; sin embargo el responsum de una manera alternativa se entiende como habilidad para responder.

Esta habilidad de responder, tendría por fuerza que pensar y vislumbrar las dinámicas internas sociales del significado y valoración que se realizan, un posible inicio se puede encontrar en el estudio y comprensión de las relaciones sexuales “inafectivas” (carentes de afectividad), o más profundo aún, de las relaciones sexuales desvinculadas, es decir, que no generan un vínculo entre quienes la realizan, ya que la “inafectividad” se encuentra en una dudosa legitimidad argumentativa, ya que no está comprobado que no se sienta ningún tipo de afectividad entre quienes la practican como afirma la hegemónica doctrina.

Pero es desde esa hegemonía heterosexual normada que se realiza el diseño de la responsabilidad ante el SIDA, es decir, la forma en que se respondió y se responde, es a partir de las concepciones hegemónicas que controla la corporeidad sexuada; y que al no ser parte de ese hegemon sus acciones carecen de sustancialidad en la significación de la minoría a la que intenta llegar, por tanto, no se toman en cuenta los hábitos y costumbres de la población mayormente afectada, la cual requirió ya para este entonces, del conocimiento de las relaciones sexuales como mecanismo y modo de interlocución social. Para ello, se tendría que dejar a lado las visiones psicológico-religiosas, que en un primer acercamiento tumbaría el significado de promiscuidad de un solo golpe.

Ya que estaríamos hablando de la comprensión de las relaciones sexuales sin afectividad obligatoriamente necesaria, ni vinculatoriedad forzada; sino como una parte cotidiana de las prácticas intra-grupales, que tampoco se pueden calificar de manera totalitaria como absolutas pero sí como más frecuentes; otro error en la manera en la habilidad de cómo se responde en la actuación, es presuponer que una persona solo desempeña un rol sexual en la relación, atendiendo al razonamiento del machismo que dicotómiza al penetrado como pasivo y figura femenina  y el activo quien penetra y representa la figura masculina como clausula pétrea, pero que en la realidad esto no sucede así, sino que una persona toma los dos roles dejando sin contenido el diseño hegemónico para responder.

Tampoco, se ha estudiado para responder de manera sustancial, el resultado de la culpabilidad social endosada por medio de la falta de responsabilidad, y que en un culmen, allá por los años 90´s, ha desembocado en el contagio voluntario para dejar de temerle y poder proseguir o continuar con sus vidas.

Hoy en día, la manera en cómo se afronta el temor, es a partir del enfrentamiento ante un supuesto destino manifiesto, recurriendo al pensamiento de comprenderle como una enfermedad crónica, como si fuera diabetes, sin percibir que puede ser degenerativa, luego entonces las relaciones sexuales se realizan a pelo, es decir, sin el uso del condón.

Uso que lo reflexiono como su antítesis, y me pregunto ¿este desuso responde a la falta de amor propio, estilo Cuauhtémoc Sánchez en un “grito desesperado”, o a la falta de conciencia, como muchas personas afirman? y pues solo logro entender que no es así, que las relaciones se dieron en contextos diferentes a ello, según me afirman mis amigos en charlas confesionales; logro identificar un componente común en todos ellos, la falta de credulidad en que pueden contagiarse, en un tipo de lógica como si fueran inmunes por pensamiento, ajenos completamente, lo que me lleva a recordar el pensamiento machista de que ellos nunca se enferman, y que nunca les pasa nada porque eso es para débiles, incluso me llama la atención del uso de estereotipos hiper masculinizados para seleccionar a la persona con quienes tendrán estos encuentros sexuales desvinculados, como lo hacen los machos en las cantinas.

Y pienso, entonces, sí no estaremos frente a un “endomachismo” o “gaymachismo” u “homomachismo” que nos cruza, y nos rebana por la mitad, mezclado con las prácticas sexuales disidentes con acciones machistas de supremacía corporal, de salud de HOMBRE, de fortaleza indómita que termina siendo arrasada por ese momento coital.

El uso del condón, atraviesa esa misma disección, será pensado como barrera al acceso corpóreo del objeto del deseo, sin importar el costo al mismo.  

Ergo las políticas públicas para luchar contra el SIDA jamás serán sustancialmente eficientes, hasta el momento que logremos erradicar el machismo o los machismos que atraviesan la gaydad o la bisexualidad. Que cierto es también, que tienen que ver con una práctica moral del coito, al mismo tiempo que no se ha tomado en cuenta para nada, las realidades que atraviesan los encuentros sexuales como prácticas sociales identitarias grupales desde la perspectiva de la población focal, sino desde la heteronormalidad.

Por la conquista de nuestros derechos.
Rodolfo Vitela Melgar

Ciudadano Libre

martes, 14 de noviembre de 2017

DESCALIFICAR POR POLITIZAR LA NUEVA FORMA DE VIOLAR DERECHOS HUMANOS... Pues reivindiquemos politizando

Ahora resulta, que defender los derechos humanos de las víctimas del terremoto del 19 de septiembre, acudiendo a los contrapesos en el ámbito de la representación social, es politizar las violaciones. Al exigir Justicia Restaurativa para quienes perdieron su hogares, y oponernos al robo de un segundo financiamiento, para recomprar sus patrimonios.

Cabe recordarles a cierta clase política que se hace llamar de izquierdas, que la Justicia Restaurativa ésta pensada en las víctimas y las necesidades que por su condición actual atraviesan, conformada de varias fases, ya que no es solamente una, por ello se le conoce como integral; una de estas fases es la económica, y es la que más cuesta a los gobiernos llevar a cabo, dicho sea de paso no por la cantidad sino por otorgarles los recursos que no se pueden destinar a “otras cosas”.

Este tipo de Justicia atiende aquellas personas que les fueron violados sus derechos humanos en hechos ultrajantes para la conciencia de humanidad, como es el caso de las personas que perdieron sus viviendas, su patrimonio y en ocasiones hasta la vida misma, por los actos de corrupción de los gobiernos capitalinos en la llamada Ciudad de México, comprendida hoy como una marca.

Y es que aquí, estamos hablando de las necesidades de las víctimas que compraron sus casas o departamentos, a quienes les construyeron sin cumplir los requisitos mínimos de seguridad, la obtención de permisos de construcción otorgadas por el gobierno capitalino quienes violaron, ya sea por acción o por omisión, la normatividad al respecto, este acto obedece sin lugar a equivocarnos a hechos de corrupción entre dos ofensores, el gobierno y las constructoras; todas ellas con nombre y apellidos, nada que no se sabe quién fue, y que dentro de la Justicia Reparadora los ofensores tienen la obligación de resarcir el daño causado, intentando, en la manera de lo posible, llegar al punto anterior al hecho o acontecimiento que violó sus derechos humanos.

En este caso, sería regresarles el patrimonio perdido tras el terremoto del pasado 19 de septiembre de manera integral, enfocándonos en la fase económica, que sin temor a equívocos es donde más le duele al gobierno de Mancera; compuesto de:

  1. Construirles sus casas o departamentos perdidos, las cuales tienen que estar por fuerza en la demarcación donde se encontraban y no causar un desplazamiento interno a otras entidades federativas;
  2. Pagar menaje de cada una, comprar muebles y enceres domésticos, electrónicos o no, así como su flete;
  3. No pagar impuestos por ello;
  4. Otorgarles un monto económico por las violaciones a su desarrollo personal;
  5. Resarcir pérdidas patrimoniales importantes, como son automóviles, locales comerciales y accesorias. 

Así pues, de esta manera se daría por comprendida y atendida esta parte de la Justicia Compasiva, que tanto les cuesta entender a la clase política y servidores públicos, quienes hoy tienen la responsabilidad de aplicarla, de no hacerlo corren el riesgo de re-victimizar y continuar las violaciones a los derechos humanos, solo que ahora se sumaría a un daño a la sociedad en su totalidad.

Tomar ese camino, comienza por obstruir la Justicia Restaurativa, por medio de las descalificaciones a la participación ciudadana embestida por los ofensores, quien ahora se llenan la boca, porque es todo lo que pueden llenar en su perorata esquizofrénica, llamándole POLITIZACIÓN de los problemas, que ellos mismos generan.

Pues sí bien, defender derechos humanos de víctimas es POLITIZAR, sí exigir Justicia Restaurativa es POLITIZAR, sí ejercer nuestro derecho de participar ciudadanamente exigiendo a nuestros gobernantes que ofensores paguen es POLITIZAR, pues entonces POLITICEMOS y demandemos en todas la vías y de todas las maneras el cumplimiento de la ley ante las mezquindades de gobiernos corruptos.

Digo a ver sí así terminan de entender.

Por la conquista de nuestros derechos
Rodolfo Vitela Melgar

Ciudadano Libre 

domingo, 12 de noviembre de 2017

CARTA ABIERTA DIPUTADAS DEL PRI POR DISCRIMINACIÓN HOMOFÓBICA

Ciudad de México, México, a 13 de noviembre de 2017.

C A R T A  A B I E R T A


“La burla es la diversión de los ignorantes”
Proverbio popular.
“Nada en el mundo es más peligroso
que la ignorancia sincera y la estupidez concienzuda”
Martin Luther K.

“Es más fácil discriminar contra aquello que no se conoce”
Luis Negrón.

C. CÉSAR CAMACHO QUIROZ
COORDINADOR DE LOS DIPUTADOS
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
H. CÁMARA DE DIPUTADOS LXIII LEGISLATURA

Sirvan la presente como expresión del más profundo rechazo e indignación ante los acontecimientos del pasado 10 de noviembre del año en curso, durante la sesión realizada en la Cámara de diputados.

Al momento en que las diputadas de la fracción parlamentaria que usted coordina, lanzaron una serie de improperios para rechazar las acusaciones y argumentos del diputado de Morena, Ariel Juárez[1], tema que no atañe a ésta.

Quienes de viva voz gritaron: “Eeehhh PUTO” –así como- “Quiere llorar, quiere llorar, quiere llorar[2]”, generando un discurso discriminador por homofobia, al mismo tiempo centrado en la cultura machista.

Y es que, no se trata de argumentar sí el grito es o no homofóbico, ya que la cuna de donde nace, los estadios de futbol soccer mexicano, que aún le gritan, ha sido castigado con multas por la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA)[3], como tal.

Al mismo tiempo, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el Amparo directo en revisión 2806/2012, ha determinado que las expresiones discriminatorias son: “Aquellas expresiones que impliquen una incitación, promoción o justificación de la intolerancia hacia las personas por razones de origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra, ya sea mediante términos abiertamente hostiles o de rechazo, o bien, a través de palabras burlescas, deben considerase como una categoría de las manifestaciones discriminatorias[4]”, en la misma sustenta que son expresiones homofóbicas: “Las manifestaciones por la aversión homofóbica que se caracteriza de manera preponderante, por el señalamiento de los homosexuales como inferiores o anormales[5]”. Que es el talante y la intención de la expresión pronunciada por las diputadas, para descalificar la perorata de quien ostentaba la tribuna.

Este hecho, que no solo ha insultado a México por el nivel de discriminación e intolerancia sino por la permeabilidad del odio que llega a justificar la violación a la normatividad que ustedes mismas han jurado respetar/violación que comienza en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (C.P.E.U.M.); de tal forma que ha dejado expuesto el nervio neural de la cultura machista mexicana de manera estructural, la cual condena las expresiones de género, supuestamente atribuidas con exclusividad a las mujeres; como es el acto de llorar para demostrar sus sentimientos, y al ser realizada por los varones debe ser expuesta, ridiculizada y castigada.

Este machismo interiorizado por las diputadas de su Partido, son las que crean una cultura de odio por razones de género, la cual es: misógina, homofóbica y violatoria a los derechos humanos; ya que en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se prohíbe toda discriminación en su artículo 2, así como en todo el Corpus Iuris del derecho internacional de los derechos humanos; mismo que fue armonizado en el artículo 1° Constitucional en las reformas de 2011.

Así pues, las expresiones vertidas deben y tienen que ser sancionadas de conformidad a la ley secundaria que les compete, requiriéndole para ello que las diputadas realicen un acto de disculpa pública, tomen cursos de sensibilización en la materia, así como de género y los diferentes tipos de violencia que genera.

Hago de su conocimiento también que tome vistas Conapred para que realice las diligencias que en el ámbito de sus funciones compete.

Por la conquista de todos nuestros derechos
Rodolfo Vitela Melgar
Ciudadano Libre.

Ccp. Dip. Yahleel Abdala Carmona, Dip. María Guadalupe Alcántara Rojas, Dip. Lucely Del Perpetuo Socorro Alpizar Carrillo, Dip. Claudia Edith Anaya Mota, Dip. Montserrat Alicia Arcos Velázquez, Dip. Erika Lorena Arroyo Bello, Dip. Laura Mitzi Barrientos Cano, Dip. Sylvana Beltrones, Dip. Mariana Benítez Tiburcio, Dip. Iveth Bernal Casique, Dip. Ana María Boone Godoy, Dip. Brenda Borunda Espinoza, Dip. María Bárbara Botello Santibáñez, Dip. Jasmine María Bugarín Rodríguez, Dip. María Esther Guadalupe Camargo Félix, Dip. Juana Aurora Cavazos Cavazos, Dip. Rosa Guadalupe Chávez Acosta, Dip. Hersilia Onfalia Adamina Córdova Morán, Dip. Susana Corella Platt, Dip. Martha Lorena Covarrubias Anaya, Dip. Sofía Del Sagrario De León Maza, Dip. Rocío Díaz Montoya, Dip. Olga María Esquivel Hernández, Dip. Azul Etcheverry Aranda, Dip. Gloria Himelda Félix Niebla, Dip. Julieta Fernández Márquez, Dip. Alicia Guadalupe Gamboa Martínez, Dip. Paola Iveth Gárate Valenzuela, Dip. Martha Hilda González Calderón, Dip. Fabiola Guerrero Aguilar, Dip. Delia Guerrero Coronado, Dip. Araceli Guerrero Esquivel,  Dip. Mercedes Del Carmen Guillén Vicente, Dip. Virginia Nallely Gutiérrez Ramírez, Dip. Noemí Zoila Guzmán Lagunes, Dip. Laura Valeria Guzmán Vázquez,  Dip. María Gloria Hernández Madrid, Dip. Miriam Dennis Ibarra Rangel, Dip. Leydi Fabiola Leyva García, Dip. Edith Yolanda López Velasco, Dip. Alma Lilia Luna Munguía, Dip. Liliana Ivette Madrigal Méndez, Dip. María Isabel Maya Pineda, Dip. Rosalina Mazari Espín, Dip. Sandra Méndez Hernández, Dip. Zacil Leonor Moguel Manzur, Dip. Arlet Mólgora Glover, Dip. María Angélica Mondragón Orozco, Dip. Carolina Monroy Del Mazo, Dip. Dulce María Montes Salas, Dip. María Verónica Muñoz Parra, Dip. Rosalinda Muñoz Sánchez, Dip. Nora Liliana Oropeza Olguin,  Dip. Adriana del Pilar Ortiz Lanz, Dip. Susana Osorno Belmont, Dip. María Guadalupe Oyervides Valdez, Dip. Elvia Graciela Palomares Ramírez, Dip. María del Carmen Pinete Vargas, Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco, Dip. Esthela de Jesús Ponce Beltrán, Dip. María De La Paz Quiñones Cornejo, Dip. Dora Elena Real Salinas, Dip. María Del Rocío Rebollo Mendoza, Dip. Flor Estela Rentería Medina, Dip. Silvia Rivera Carbajal,  Dip. Yulma Rocha Aguilar, Dip. Erika Araceli Rodríguez Hernández, Dip. Fabiola Rosas Cuautle, Dip. Sara Latife Ruíz Chávez, Dip. Heidi Salazar Espinosa, Dip. Carmen Salinas Lozano,   Dip. Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo, Dip. Cristina Sánchez Coronel, Dip. María Soledad Sandoval Martínez, Dip. María Esther de Jesús Scherman Leaño, Dip. Maricela Serrano Hernández, Dip. María Monserrath Sobreyra Santos, Dip. Martha Sofía Tamayo Morales, Dip. Yarith Tannos Cruz, Dip. Adriana Terrazas Porras, Dip. Ruth Noemí Tiscareño Agoitia, Dip. Georgina Trujillo Zentella, Dip. Beatriz Vélez Núñez, Dip. Alma Carolina Viggiano Austria, Dip. Edith Villa Trujillo, Dip. Ana Georgina Zapata Lucero, Dip. Lillian Zepahua García.

lunes, 30 de octubre de 2017

CARTA ABIERTA A MANCERA POR ACTOS TIRÁNICOS... VIOLA DDHH

Ciudad de México, México, a 30 de octubre de 2017.

C A R T A  A B I E R T A


“No hay peor tiranía que la que se ejerce a la sombra
 de las leyes y bajo el calor de la justicia”
Montesquieu

C. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.
JEFE DE GOBIERNO
CIUDAD DE MÉXICO

Sirvan la presente como expresión del más profundo reproche y condena ante la delicadísima actuación política de parte suya, ante lo que pareciera interpretarse como irresponsabilidad en ejercicio de su función pública o torpeza para realizarle en el menor de los casos.

Después de leer las declaraciones, no por menos maniqueas, en la conferencia de prensa que ofreció en días pasados, al “advertir” que el tema de reconstrucción no debe ser politizado, bajo el apuro de hacer pasar la Ley del Programa para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, tras el terremoto del pasado 19 de septiembre, por la caída de diferentes edificios y casas, así como de otros miles más severamente dañados.

A raíz de la corrupción con que fueron construidas esas edificaciones, lo que representa graves violaciones a los derechos humanos, de quienes fueron víctimas de esta catástrofe; así pues, SUS propuestas quedan no cortas sino patéticamente revictimizantes; no es factible bajo ningún esquema de financiamiento que las victimas paguen un solo peso por su afectación patrimonial (de ello parte la violación al artículo 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos DUDH), de hecho no solo se les tendría que construir sus casas o departamentos, sino que tendría que ser en la misma colonia donde se ubicaban, así como, pagar todo el menaje de los mimos; sumado a lo anterior, se les tendría que pagar un monto por la afectación en su dignidad humana por cada persona, y mayor, por quienes fueron asesinadas por la corrupción de gobiernos enviciados en la mezquindad económica, esta que violó el artículo 22 y 25 de la DUDH, los cuales deberán ser resarcidos en su totalidad, hasta intentar llegar al punto anterior del terremoto, esta es la justicia sustancial que protege los Derechos Humanos.


De no ser así, lo que usted propone es instrumentalizar los mecanismos técnico-jurídicos para simular una justicia, esta que es de tema político y que perpetúa la tiranía de los políticos de siempre, quienes con ello se lavarían de toda responsabilidad, hacer pagar a personas de la tercera edad o quienes ya se habían hecho de un patrimonio es un robo en despoblado, viola toda dignidad humana y establece un precedente antidemocrático, el cual podrá ser cobrado tarde o temprano, que por los tiempos que corren serían pronto.

Tiempos que se reflejan ya en el “fast track” en el proceso legislativo para su elaboración y aprobación en la Asamblea Legislativa, y que al pasar por un proceso de consenso político, es en sí per se un tema político, le guste o no, porque temo informarle que vivimos en una sociedad políticamente activa, donde no cederemos territorio ganado ante políticos como usted.

Que han hecho una marca comercial de la Ciudad de México, para explotarla y exprimirla de todas las maneras posibles, una de estas, el deterioro de la normatividad de construcción y el robo de espacios públicos para construir más edificios y gentrificar parques y bosques, como es el caso de Tarango.

El resultado de estos años de TERROR bajo su encargo, han quedado visiblemente expuestos, los planos de riesgos no fueron presentados en tiempo y forma, por retrasos bastante politizados, logrando con ello dar tiempo a constructoras de edificar donde se les diera la gana, chupando como sanguijuelas los mantos friáticos de la ciudad, hoy le condenan, como la persona menos apta y con la menor calidad ética para emitir cualquier comentario al respecto de la normatividad supuestamente politizada, la obnubilación electorera que vive lo hace francamente no apto para desempeñar el cargo público en el que se encuentra y que requiere de otro nivel de político.

Así pues, no al financiamiento de las víctimas del terremoto para obtener su patrimonio perdido, y sí al resarcimiento justo basado en derechos humanos.

Por la conquista de todos nuestros derechos
Rodolfo Vitela Melgar
Ciudadano Libre.



lunes, 16 de octubre de 2017

Derechos Humanos en riesgo… designación de Estado o Ciudadana.

Esta semana comienza formalmente la elección del relevo en la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en este proceso se encuentra en juego la sustancialidad de los derechos humanos, su debida defensa, promoción y difusión, así como su investigación y estudio para casos concretos, especiales o generales y de política pública, ya que de conformidad con los Principios de París, estas instituciones nacionales no son meramente de defensoría sino  que su alcance es mucho mayor, la reductivilidad en ello pone en grave riesgo a los grupos en situación de vulnerabilidad y la efectiva protección de la dignidad humana; y lograr así que estos puedan materializarse buscando la justicia, esta que no solo es individual sino social.

De esta manera es necesario tener claro ¿qué es un Ombudsman, Ombudsperson o Defensxr del Pueblo?, para lo cual, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos se ayuda de la propuesta realizada por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos como: “una institución que protege a las personas contra los abusos o actos arbitrarios de la administración pública, que pueden afectar sus derechos y garantías fundamentales[1]”, y que por su experiencia puede incluso prever futuras violaciones ante acciones gubernamentales, las cuales pueden ser por omisión, por inacción o por exceso de sus funciones.

Señala también, que son agentes institucionales del Estado, más no del gobierno, por ello se debe de entender que se encuentran lejos del alcance político de los gobiernos, de ahí parte la naturaleza de autonomía de gestión e independencia de criterio pues: “cuenta con un presupuesto propio para el pago del personal y de los gastos institucionales y su actuar debe regirse por la Constitución Política del país y las leyes[2]”.

Así pues, de conformidad con los estándares internacionales para elegir a la mejor opción, embonando sin tensiones, ni a la fuerza en el perfil de Ombusdperson, las Naciones Unidas toman en consideración 4 Principios por los que se debe de regir para su actuación[3]:

1º.  Independencia: En ejercicio de sus funciones, el Ombudsman actúa con independencia estructural y funcional;

2º.  Neutralidad e imparcialidad: como persona funcionaria designada neutral, no toma partido por ninguna de las partes en un conflicto, no adopta decisiones, no establece políticas ni las modifica, ni impone acciones, así como examina cada caso de manera objetiva y trata a todas las partes en pie de igualdad;

3º.  Confidencialidad: No puede revelar información sobre casos individuales ni visitas de funcionarios sin autorización;

4º.  Carácter oficioso: En virtud del carácter oficioso de su función, no participa en ningún procedimiento adjudicativo ni administrativo oficial en relación con las inquietudes que se señalan a su atención.

Estos principios se basan en el Código de Ética elaborado por la International Ombudsman Association, y se adecuan de conformidad a la especificidad de cada designación en particular. Para materializar estos principios se establece un perfil[4] adecuado para cada Estado, el trabajo de Luis González ayuda aclarar este punto y que en él se puede encontrar los Principios anteriores:

1)    Autoridad moral. Elemento subjetivo, que puede objetivarse con lo que es la imagen pública, que si bien también puede decirse que tiene alta dosis de subjetividad, si en cambio refleja la percepción de la gente respecto de alguien;

2)    Capacidad y conocimiento. Experiencia para encarar y resolver a fondo los problemas de violaciones a derechos humanos;

3)    Sensibilidad. Facilitador en las relaciones con todos los interlocutores de la institución;

4)    Liderazgo. Ponerse al frente de los trabajos de investigación y resolución de la violación de los derechos humanos;

5)    Creatividad. Visualizar nuevos horizontes de desarrollo de la institución;

6)    Sólida trayectoria profesional. Visión de incorporar todas las herramientas para la defensa de los derechos humanos;

En este mismo documento se encuentran las principales características para Ombudsperson, encontrando:

A.   Ejercer un liderazgo incluyente dentro del sistema no jurisdiccional de protección de los derechos humanos;

B.   Mantener una estrecha comunicación con la sociedad civil. No puede haber antagonismos, sino coincidencias con las organizaciones civiles, en los ejes fundamentales en la materialización práctica de los derechos humanos;

C.   Actuar con firmeza dentro de un esquema de respeto y diálogo con las autoridades;

D.   Fortalecer la vinculación con los organismos públicos internacionales y con las organizaciones no gubernamentales;

E.   Establecer una reingeniería estructural en función de los grandes problemas que se presentan en la materia;

F.    Utilizar todos los instrumentos que brinda la ley;

G.   Dar efectivo seguimiento a las Recomendaciones emitidas. Siendo el mayor instrumento que se otorga al Ombudsman es ineludible la responsabilidad de la institución de insistir en el cabal cumplimiento de su contenido.

Ergo, no todas las trayectorias de quienes se inscribieron cuentan con esta dimensionalidad para realizar dicho cargo, algunos son políticos de carrera, otro más de carácter electoral y un par más que no tiene cabida para la competencia, este “desperfilamiento” (acción de incompatibilidad con lo que DEBE ser una Ombudsperson) ayuda a desacreditar los derechos humanos, a que sean instrumentalizados, por ello ante la coyuntura que vivimos en la Ciudad de México y el abuso del cargo no es conveniente continuar con esta dinámica.

Solamente 3 son las trayectorias que cumplen con los requisitos anteriores, además que son propuestas ciudadanas, profesionalizadas en los derechos humanos y con gestión probada, constituyendo una terna consistente[5], integrada por:

·         Hilda Téllez Lino;
·         Ricardo Hernández Forcada; y   
·         Juan Carlos Arjona Estévez.

Por tanto, sí existen opciones viables, que puedan cambiar el rumbo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, como una institución sólida, autónoma e independiente, para que en el futuro se recobre la confianza, y poder concretar acciones que se encaminen hacia la justicia, la reparación y no repetición de las violaciones a los derechos humanos.

Por la conquista de nuestro derechos.
Rodolfo Vitela Melgar
Ciudadano Libre.




[1] Consúltese “La figura del Ombudsman Guía de acompañamiento a los pueblos indígenas como usuarios” : http://www.corteidh.or.cr/tablas/22612.pdf
[2] Ídem.
[5] Nota: El orden en que se presentan son aleatorios.

miércoles, 11 de octubre de 2017

Objeción de conciencia, instrumentalización de la libertad religiosa… La dinámica para implantar discriminación indirecta.

Sí bien, el éxito de los avances en la conquista de la igualdad sustantiva y no discriminación han avanzado en la agenda global, permitiendo con ello el acceso al amplio catálogo de los derechos humanos; los cuales generan, la obligatoriedad de observancia por los Estados Parte, al reconocimiento de la dignidad humana de todas las personas por el hecho de serlas.

Esto continua pendiendo de un hilo, ya que existen hoy en día, una ominosa contra ofensiva por parte de los grupos ultraconservadores, esos que son supremacistas, violentos y fanático religiosos.

Así pues por un lado, el pasado martes 10 de octubre, entró en vigor la Ley HB 1523[1], en el estado de Misisipi, en la unión americana, la cual permite que establecimientos mercantiles de cualquier tipo, así como a sus empleados, puedan discriminar a las personas Lesbianas, Gay, Bisexual, Trans e Intersexual (LGBTI), objetando conciencia en pleno ejercicio del derecho a la libertad religiosa.

Al mismo tiempo, este 10 de octubre en México, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones a la Ley General de Salud, para que el cuerpo médico pueda negarse a brindar atención médica a pacientes, por razones de objeción de conciencia.  

En esencia, estos dos actos de odio no son hechos aislados, provienen y obedecen a la estrategia global de acciones religiosas de origen pentecostés en contra de la mal llamada “ideología de género”; quienes forman y engrosan en gran medida el Partido Encuentro Social; esfuerzos visiblemente vinculados y ligados a las ideologías religiosas que se practican en Misisipi, así como Brasil entre otros países y que tienen gran influencia en México, buscando imponer una religión o culto religioso, en términos más prácticos.

Iniciativa diseñada, promovida y arropada por el Partido Encuentro Social; esfuerzo encabezado por la diputada Norma Edith Martínez Guzmán; sí, esta misma, quien comparó al matrimonio de personas del mismo sexo con delfines y laptops[2], calificándolas de absurdas, la misma que se opone a la educación sexual y reproductiva, y quien escenificó tremendo escándalo por los libros de texto que le abordaban, tachándoles de pornografía.

En ambos casos, se obstaculiza el libre desarrollo de la persona, al generar un estado de inseguridad, pues se tiene la autorización de violar los derechos humanos, tanto de las mujeres como de grupos específicos minoritarios; peor aún, esto va –y así lo afirmo- va a generar un incremento en la violencia de género, que abarcará hasta aquellas por orientación sexual e identidad de género, incrementará la estigmatización por estereotipos y la segregación social, todo ello probablemente resulte en ataques y crímenes subjetivos a feministas y activistas de los derechos humanos de las mujeres como a integrantes de la población LGBTI, y con ello la violación a su dignidad humana.

Sin embargo, en nuestro caso, la cosa se pone más grave, ya que estas acciones legislativas violan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en adelante Constitución, al mismo tiempo la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; ya que las modificaciones a la Ley General de Salud establece actos de discriminación indirecta, que de conformidad al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), le define como aquel: “Acto menos visible, pero igualmente o más pernicioso, que la discriminación directa, su objetivo inmediato no es anular o limitar el acceso a los derechos y a las oportunidades a alguna persona o grupo, en los hechos limita o anula este acceso al establecer condiciones que no puede cumplir gran parte de la población[3]”, es decir, “consiste en la imposición u observancia de normas, reglas, que en primera instancia parecen inofensivas en esta materia pero que en la práctica no lo son ni mucho menos, y aún más, disponen de consecuencias nefastas y negativas afectando los derechos de aquellas personas que alcanzan[4]”.

De esta manera, los cambios afectaran de manera importante, el acceso a las mujeres de abortar legalmente y de forma segura, obtener información para la planeación reproductiva, así como la atención médica a personas que viven con VIH, o personas Trans e Intersex para tratamientos médicos; incluso a cualquier tratamiento por tratarse de personas LGBTI, también el alcance abarca no respetar los derechos de las parejas aseguradas por sus cónyuges del mismo sexo o quienes se encuentren en concubinato, negándoles incluso su inscripción a la seguridad social que brinda el Estado mexicano, teniendo como 5 pasos adelante la interdicción, la cual quedaría fuertemente dañada.

Esto podría poner a debate nuevamente que jueces y cualquier servidor público no atienda a la persona, motivada por objeción de conciencia a justificación de la orientación sexual, identidad y rol de género, para no realizar las funciones públicas para las cuales fue contratada.

Ahora bien, la diputada Norma Edith Martínez Guzmán del Partido Encuentro Social, basó su perorata en la motivación y justificación del proyecto de modificaciones, arguyendo que dentro de los derechos y libertades que protege el artículo 18 de la Declaración de los Derechos Humanos, en adelante la Declaración, se encuentra el derechos de objeción de conciencia interpretada así por la diputada, lo cual fue incorrecto, ya que la objeción de conciencia se encuentra enmarcada solo para los casos de aplicación de fuerzas mortíferas, es decir, acciones militares, en tiempos de guerra y en tiempos de paz; como aquellas personas que no hayan realizado su servicio militar obligatorio. Este derecho tutelado, no se encuentra como tal en el artículo 18 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) sino que su reconocimiento y regulación se encuentra delimitado bajo la Observancia General número 22.

Por ello, la inexactitud obedece a una interpretación maliciosa, ya que no tomó en consideración el punto tercero del artículo en comento, al precisar: “La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás”.

Ergo, el derecho a la objeción de conciencia se limita en el Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos, a las acciones mortíferas en actuación militar o por su adiestramiento para ello, más no así en el desempeño de funciones públicas civiles para proteger los derechos de la salud y protección de la seguridad y orden, o la moral pública (normatividad constitucional), o para menoscabar los derechos y las libertades fundamentales de las demás personas.

Por tanto, la naturaleza laboral exige en materia de salud estar a lo dispuesto por la normatividad interna nacional, que en esta caso particular, los derechos humanos respaldan plenamente dicha construcción, siempre y cuando estas no contravengan los principios que le sostienen, artículo 30 de la Declaración, por lo que respeta y empata plenamente con la laicidad del Estado mexicano en el artículo 40 de la Constitución en correlación al 130, 3° y 40 del mismo, respectivamente.

Estableciendo que el desempeño y la actuación profesional, en el ámbito del servicio público, las personas que prestan al Estado mexicano su trabajo, estarán sujeto bajo el criterio de laicidad, por tanto, cuando una persona presta sus servicios, trabajo o labor, tendrá que estar sujeta a lo dispuesto por una ética de servicio público laico, porque finalmente es el Estado por medio de ellos a quien personalizan y no se les pide que actúen de manera privada, así la realización de sus funciones que son de orden público, respeten en todo momento, la separación de criterios personales por los profesionales, en cada una de las encomiendas o cargos públicos.

En donde los posibles márgenes de apreciación (la opinión personal al respecto de algún tema) quedarían fuera de contemplación en la ejecución de la función pública y se tendrá sujeta a la normatividad vigente, emanada del Estado mismo.

De esta manera, la objeción de conciencia no tendría cabida, ni por doctrina de protección de los Derechos Humanos, ni por la naturaleza del desempeño y ejecución de las funciones públicas de aquellas personas al servicio del Estado, pues su premisa profesional es respetar y hacer valer las leyes conforme al principio laicidad.

Espero que esta afrenta al Estado mexicano, que viola el artículo 1° constitucional así como las demás en la materia de laicidad sea detenida en el Senado, sin embargo observando la realidad nacional, esta tendrá que ser llevada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por lo pronto desde acá, una demanda ciudadana por la malevolencia instrumental del derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión de los Derechos Humanos bajo la modalidad de objeción de conciencia con la finalidad de violarle y vulnerar la dignidad humana de las mujeres y de la población LGBTI. 

Y a la diputada Norma Edith Martínez Guzmán todo el desprecio por su maquiavélico movimiento legislativo, así como al PRI, PAN, Verde y Encuentro Social.

Solo les faltan 14 meses, no menos 16… lo pensé o lo dije.

Por la conquista de todos nuestros derechos
Rodolfo Vitela Melgar
Ciudadano libre.

lunes, 9 de octubre de 2017

Ante el desprecio de la vida… ¡Ahora lo que sigue! Una propuesta basada en Derechos Humanos

Observo, con gran preocupación como el gobierno, tanto de Peña Nieto como de Mancera, intentan dar trámite “fast track” a la tragedia ocurrida por los terremotos del 7 y 19 de septiembre, pareciera una fase de “tramitología del desastre”, que todo salga rápido y en friega. Recurriendo a esquemas financieros para “reconstruir” viviendas de personas afectadas, sin que esto termine de convencernos.

La razones muy sencillas: 1ª el proceso electoral, el cual arranca en medio de esta tragedia, intentado frenéticamente de tapar rápido, cualquier acto de corrupción y negligencia, con el objetivo de menguar el castigo ciudadano en su intención de voto para 2018; porque en este caso, tanto los partidos que componen el Frente Amplio: PRD y PAN, han sido los gobiernos protagonistas del desastre ocurrido en la estrenada Ciudad de México, así como en Morelos y Puebla –como leí hace unos días por ahí, “los desastres se construyen no son fortuitos”, junto al PRI en Puebla también, Oaxaca y Chiapas; 2ª esta clase política guiada por viejos preceptos, como el famoso “año de Hidalgo”, efectos que veremos después a finales del próximo año; y bueno finalmente, la 3ª sacar raja política, como ya se ha censurado en medios de comunicación.

Sin embargo, y ante la prontitud de limpiar los escombros, otorgar financiamientos e intentar en un esfuerzo esquizofrénico de los políticos por devolver la normalidad a estas entidades federativas, existen los tiempos de las víctimas, de la población en general que nos vemos atropelladas, no por menos decir, avasalladas por la inercia que han generado, por eso es necesario hacer un alto y detenernos por un instante a pensar las cosas, para poder evaluarlas y estar en posición de reaccionar.

El proceso de reconstrucción debe ser un acto de profundas modificaciones ciudadanas, debemos de comenzar a plantearnos seriamente las condiciones y principios sobre los cuales nos regiremos en nuestra edificación, cambios que no alcanzarán tan solo con los resultados en las urnas, sino que tienen que ir más allá en su alcance, estos que deben de regirse por un compromiso sustancial para recuperar nuestra dignidad humana como sociedad; tomando en cuenta en todo momento la seguridad humana para su planteamiento.

Para tal encomienda, es necesario hacer constantemente ejercicios de otredad a fondo. Por ejemplo, pensemos por un momento, que compramos un departamento; representa un patrimonio que se ha forjado con el trabajo cotidiano, con esfuerzos severos a nuestras finanzas, a privarnos de muchas cosas, con tal de tener un espacio, un lugar propio donde vivir, pensando muy probablemente en la seguridad de envejecer de manera digna, con un techo que nos cubra y un bien económico para nuestros familiares en un futuro. Ahí mismo, se forja la familia, espacios que dejan de ser solo paredes, generan un sentimiento de pertenencia, de protección, el lugar donde descansar sin temores ni miedo: el hogar, recubierto de electrodomésticos, centros de entretenimiento y tecnológicos, muebles y demás para la consecución de nuestro día a día, alguno de ellos obsequiados por seres queridos, con enorme valor sentimental. También, es el lugar donde guardamos inversiones monetarias o de otro tipo, como automóviles y demás. Este espacio, también puede ser rentado, pero con cada pago se asegura la tranquilidad de vivir bajo el cobijo de un techo para nosotros y nuestras familias; estas que son extendidas.

Lo mismo sucede, con  los centros educativos, las escuelas junto con todo el bagaje que esto tiene, será el segundo hogar de nosotros o de nuestros descendientes, espacios seguros, donde serán cuidados.

Toda esta seguridad es generada por el contrato social que nos hemos dado y establecido, por medio de una serie de normatividades y regulaciones que generan la certeza, de que se encuentran protegidas nuestras vidas y las de nuestros seres queridos, esta confianza que se otorga al tenerle por cierto, ya que todo en teoría se encuentra en orden. No pensamos al comprar una propiedad, que estamos frente a un robo o fraude; pues sí se está construyendo, es porque cuenta con el cumplimiento de toda la normatividad al respecto, los permisos y la revisión de las autoridades para que se cumpla; sin embargo, buscamos siempre, que se nos proporcione toda la información posible, para checar, por cuenta propia que esto suceda, realizando quizás torpemente y sin ser especialistas en la materia, nuestra propia investigación. Así, asumimos que se actúa de buena fe, lo que para los derechos humanos es interpretada como comportamiento fraterno y deberes con la comunidad debidamente cumplidas. 

Un día, un movimiento telúrico, cambia toda esa seguridad, se desploman o dañan nuestras propiedades; no solo se pierden las paredes, se pierden los hogares, la seguridad, los patrimonios, nuestras propias vidas, las vidas de seres amados. Entonces se desploma el contrato social que hemos firmado, observar que otras personas, que viven a lado nuestro no perdieron sus propiedades, y nosotros sí, es la peor zozobra posible. Así, no solo se aplastaron vidas sino también la dignidad humana.

En el momento, la reacción de rescate, arropada por la sociedad ciudadana, el consuelo entre nosotras, las personas comunes y corrientes, genera un ánimo de campo de seguridad, de solidaridad fraterna con quien lo ha perdido todo. Esperando la actuación de las autoridades para poner todo en orden; sin embargo, esto no llegó, la apropiación del rescate cercó toda posibilidad de confianza con los poderes, siendo el cerco informativo la confirmación de ello; las devastadoras denuncias de familiares por la inacción de las autoridades, en el rescate de los seres queridos, dan testigo de la grotesca escena; posteriormente el robo de bienes fue aún peor; es necesario reconocer que la tragedia nacional se vive en dos vías, entre aquellas que sin poder alguno logramos mucho y aquellos que con todo y su poder lograron poco.

Tal ejercicio, nos hace dimensionar que por cada edificación dañada o derribada por el sismo, constituye una violación a los derechos humanos, con dos dimensiones: la individual como víctimas directas, y la colectiva por el temor generalizado de incertidumbre; ambas se constituyen como víctimas por la corrupción. Definida por transparencia internacional como: “el abuso del poder encomendado para el beneficio propio”; propuesta que cuenta con tres elementos sustanciales:

Primero: el abuso de poder, como aquel exceso de atribuciones y fuerza que realiza la autoridad –la cual es planeada, elaborada y ejecutada por una persona o grupo de personas que se encuentran en funciones públicas- poniéndose de acuerdo en cómo violar la ley, dando como resultado, la ubicación en situación de vulnerabilidad a las personas y sus derechos humanos;

El segundo, la encomienda: encargo que somete a la autoridad a capricho y voluntades de intereses mezquinos, es decir, alguien que tienen a su disposición a servidores públicos y representantes para la realización de una acción que contravenga la ley o peor, que se modifique a su antojo para favorecerles con objetivos específicos y claros –realizada por particulares que buscan violar la normatividad;

Tercera, beneficio propio: en provecho de intereses individualistas -autoridades y particulares-, que trae consecuencias graves a otras personas y a la sociedad en su conjunto, como la pérdida de la vida y el deterioro de su calidad.

Por lo anterior, se viola el artículo 1° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ya que establece en su parte final, la obligación de observar un comportamiento fraternal entre seres humanos, relacionado con el artículo 25 al violar los deberes respecto a la comunidad, ambos artículos bajo una dimensión de solidaridad. Lo que implica desde luego, no actuar corruptamente, y no caer en impunidades al momento del castigo.

A partir de lo anterior, las violaciones a los derechos humanos en puntual se conforman por no cumplir con las obligaciones de México como Estado Parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por no liberar a nuestra sociedad del temor y la miseria; antes, durante y posterior a la catástrofe, violando los artículos:

1° Por actos de corrupción e impunidad, en relación al nulo respeto y protección de la dignidad humana, y del comportamiento fraterno;

3° No se procuró salvaguardar la vida de quienes la perdieron, debido a la corrupción en la construcción de edificios derrumbados por el terremoto, así como a su seguridad; en una segunda dimensión tampoco se cumple en la actualidad con las personas damnificadas;

8° Debido al estado de impunidad, se violenta el derecho a un recurso efectivo que le ampare contra actos de corrupción, que llevo a la perdida de seres queridos, salud y patrimonio. Por tanto, representa la inseguridad jurídica estando a merced del gobierno, que provocó con su mala actuación el deterioro en la calidad de vida de las víctimas;

 En concordancia con lo anterior, se encuentran violentados los artículos 16.3 derecho de la familia, 17 propiedad privada, 19 libertad de expresión en su dimensión de recibir información, 22 derecho a la seguridad, 25.1 nivel de vida adecuado, 26 educación, 27 culturales y  29.1 de los deberes de las personas.

Para la Reconstrucción

En un intento por tratar de concentrar la reconstrucción a raíz de las violaciones a los derechos humanos, nos encontramos con varias vías, todas ellas fundamentadas principalmente en el principio PROPERSONA, es decir, todas las acciones para la re-edificación deben ser pensadas, diseñadas, planeadas y ejecutadas en el sentido más amplio de protección a la dignidad de las personas damnificadas, por tanto las posibles vías son:

1° La vía de resarcir el daño:
Estas acciones son la materialización de las políticas públicas en bienestar para las víctimas del sismo, así las fases de esta vía sería:

a      Regresar al estado anterior, previo al terremoto, la calidad de vida creada por cada persona; por tanto, se les debe resarcir en su totalidad sus documentaciones, propiedades e inversiones.

Acciones:
a.1 Se les debe dar la calidad de víctimas;

a.2 Se debe de construir viviendas ubicadas en las demarcaciones donde tenían sus propiedades y no desplazarles a otras partes; por ello, darles un crédito constituye un acto mezquino re-victimizante y vuelve a violar derechos humanos por parte del gobierno, ya que el dinero con que se reconstruirá no le pertenece al gobierno, sino al Estado quien es el “resarcidor”, al mismo tiempo no solo las constructoras fueron las corruptas si no el mismo gobierno que ahora intenta resarcirles, la cuenta debe ser pagadas por ambas partes;

a.3 Se debe crear protocolos de atención, para tramitarles: credencial del INE, actas de nacimiento, escrituras, pasaportes, títulos y cédulas profesionales, así como cualquier otro documento acreditador que poseían con anterioridad, para cualquier trámite, como son facturas de automóviles, tarjetas de circulación y licencias de manejo, seguros de vida, automóviles y vivienda, credenciales de la tercera edad.

b    Actos de no repetición. Como reglamentos de construcción más estrictos, fiscalización de procesos en designación de licencias de construcción y remodelación:

b.1 Espacios urbanos: los cuales deberían generar una red de lugares seguros en casos de catástrofes naturales, son vías que deben estar libres de obstáculos que les puedan dañar, como es el caso de los postes de luz, son una trampa, una telaraña que actualmente contienen miles de cables, es necesario que el gobierno de la ciudad les quite y distribuya de otra manera, también el tipo de material y la distancia de entierro debe ser proporcional al peso, ya que la gran mayoría de ellos esta ladeado y en mal estado, incluso antes de los sismos;

b.2 Espacios educativos: después de observar los videos, de evacuación de las estancias del ISSSTE y la forma en como actuaron para sacar y proteger a todos esos menores de edad; y de la caída de la escuela Rebsamen, así como el deterioro de cientos de escuelas, se debe cambiar la norma de construcción de los centros escolares de preescolar, primaria, secundaria y preparatoria, los cuales deben ser no mayores a un piso, así como escaleras independientes y en buena cantidad, que no se caigan con el sismo;

b.3 Distribución de espacios educativos: la cantidad de alumnado por salón debe ser el adecuado para permitir evacuación pronta, que mochilas no se encuentren estorbando, así como dos puertas de salida por salón;

b.4 Revisión de protocolos de acción en las escuelas, para checar escenarios de repliegue y contención, así como de evacuación.

b.5 Realizar, por lo menos una vez al mes, simulacros por protección civil;

b.6 Programas de prevención del desastre, como puede ser: implementar el uso de silbatos, kits de protección (mochilas con lo necesario ante desastres naturales); en cines contar con videos para informar en caso de alerta sísmica como actuar, muy parecido a los que utiliza el Auditorio Nacional), generar protocolos para detener cualquier construcción que se esté llevando en ese momento para ser evaluado por peritos;

b.7 Generar protocolo de auditoria ciudadana, el cual generará procedimientos de seguridad estructural, resultando en un documento que certifique por parte del gobierno, que las edificaciones son seguras, con el objetivo de tener un mecanismo de control contra la corrupción, ya que al extender estos documentos, sí se hace de manera corrupta, serían el medio documental comprobatorio de ello y poder materializar así la corrupción y negligencia.

b.8 Gentrificación, se debe de regular la venta de casas para ser demolidas y construidos edificios, lo que deteriora la calidad de vida de las personas originarias, impactando en altos niveles de contaminación, tráfico de todo tipo, falta de agua, subida de impuesto predial y modificaciones a patrones conductuales colectivos por quienes llegan a estos espacios;

b.9 Accesibilidad, para que personas de la tercera edad y con algún tipo de discapacidad, dejar las escaleras por rampas, con inclinaciones adecuadas, zonas de seguridad y pasamanos adecuados, luz auxiliar y que sean resistentes a sismos;

Así mismo, cuando se adquiera una propiedad, la inmobiliaria deberá entregar un expediente de seguridad, el cual deberá estar compuesto con el certificado de seguridad, ubicación del inmueble dentro del mapa de riesgos de la Ciudad de México, áreas de seguridad, y protocolos de actuación en casos de sismos, incendios e inundaciones;

      De re-dignificación. En dos ámbitos, derecho a la verdad y construcción de memorial.

3ª La responsabilidad: ésta a diferencia de la anterior, se va a los aspectos profundos de investigar la razón real y verdadera de la caída de estructuras, en donde se explique el impacto real de gentrificación, sí existe responsabilidad de las constructoras y/o de las autoridades o ambas, con la diferencia que se requiere de responsables físicos y no meramente “simbólicos”, los cuales no van a la cárcel. Ya que la percepción que compartimos muchas personas, es que se ha sobre construido en estos dos últimos sexenios de manera irresponsable, hemos visto como en una misma calle al mismo tiempo se construyen 2 o tres edificios, el caso de la delegación Benito Juárez, resulta ser paradigmática, ya que cuenta con una cantidad importante de estas edificaciones que van de todos los tamaños habidos y por haber.

A parte de las construcciones menores a doce años, se encuentran también las más antiguas, como aquellas que se encuentran sobre Eje Central; conocer sí existía por parte de quienes ahí vivían que el edificio se encontraba o no con problemas visiblemente expuestas, y saber sí el gobierno y protección civil tenían conocimiento o no, y conocer cómo se actuó caso por caso, ya que son más de 3 mil estructuras dañadas.

Y así, estar en posibilidades de poder fincar responsabilidad a empresas constructoras y autoridades, quienes concedieron permisos y supuestamente fueron visitadas; será necesario revisar estudios de dinámica de suelos, vibraciones etc. Ya que la violación a los derechos humanos genera una fuerte ruptura de la confianza de las personas gobernadas a los gobernante, esta debe de reconstruirse también, por medio de la actuación de peritajes, autónomos independientes y con reconocimiento de su calidad profesional, lo que deja fuera a  ingenieros y arquitectos pagados por gobiernos y por empresas constructoras, debido a que no se puede ser juez y parte, tiene que ser un tercero, entre ellos se encuentra la vía internacional.

Otra parte de la responsabilidad recaerá en las escuelas, es necesario analizar parte por parte lo sucedido en el Colegio Rebsamen, saber sí son ciertas las anomalías que se difundieron por redes sociales o no, y sí fueran comprobadas la necesidad de actuar contundentemente conforme a las responsabilidades que van desde dueños, protección civil, SEP y autoridades tanto delegacionales como de gobierno central. Esto pone en la lupa a todo el sistema de escuelas privadas en México, es necesario generar un protocolo de certificación de seguridad, de la misma forma que replantear investigaciones a dueños de estos, y de protocolos de actuación caso por caso, ya que las edificaciones no son homogéneas, lo cual deberían de serlo.

Otro punto, son los  centros de trabajo, oficinas que se encuentran dañadas, la gran mayoría son gubernamentales, por tanto, se debe de investigar a dueños y funcionarios públicos, ya que se tiene la percepción que estos son rentados por los mismo círculos de Poder, obligando a regresar a laborar dentro de ellos, cuando estos no presentan seguridad para personas trabajadoras; igualmente se debe de extender certificado de seguridad;

4a vía. La certeza. Este debe constar de:

La administración de los recursos, tanto monetarios como materiales y en especie donados por la ciudadanía. Y es que se necesita certeza real que estos no vayan a ser desviados por el gobierno; existe información del domino público que palas y demás donaciones fueron ya apropiadas por el gobierno, nuevamente se deben de asignar a protección civil y no a militares y policías, porque nuevamente es necesario recordarle al gobierno que no existe la desconfianza en ellos.

Es necesario que sea de conocimiento general las zonas de riesgo para construcciones, avalado por sociedad civil y academia.

Aquí nada de que no hay culpables, nada que fue el pasado, nada que no se sabía; acá se trata de violaciones graves a los derechos humanos, los cuales fueron realizados por dos partes, el gobierno y las empresas o particulares, la respuesta ahora tiene que ser otra; porque no basta con que los partidos políticos renuncien, sedan o como se les quiera llamar el término técnico, de no recibir o donar las prerrogativas para las campañas, sino la calidad de la justicia, esta que debe ser social, debe ser subjetiva para aplicar a cada persona por su caso en particular, y que debe ser ejemplar, nunca más otro 85, sin responsables y sin justicia.

Por la conquista de nuestros derechos.
Rodolfo Vitela Melgar

Ciudadano Libre.