miércoles, 20 de agosto de 2008

Militares con síntomas de sida no pueden ser dados de baja; tampoco negarles ascensos, ordena un tribunal

Por: Daniel Blancas Madrigal
Miercoles 20 de Agosto de 2008

Presentar síntomas de sida no es motivo para que un militar sea dado de baja del Ejército ni para frenar sus aspiraciones de ascenso, determinó el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Distrito Federal. Este criterio va más allá de lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en febrero del año pasado, cuando declaró inconstitucional los artículos de la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas que avalan el retiro por inutilidad de quienes son contagiados por VIH. En aquel entonces, la SCJN no se refirió a expedientes en los que la enfermedad se encuentra en etapa activa. El Tribunal analizó el caso de un militar que fue dado de baja por la Secretaría de la Defensa Nacional cuando ya presentaba sintomatología por sida. La dependencia argumentó que su estado de salud le impedía realizar actividades propias del Ejército, factor que no había sido contemplado por la Corte. Sin embargo, el Tribunal Colegiado —en su primera sentencia— concluyó que la causa de baja por seropositividad más sintomatología también es violatoria a la Constitución. Los magistrados consideraron que con los avances médicos de la actualidad, un estado de salud crítico por sida puede ser revertido: “Con un adecuado tratamiento médico, es posible revertir los valores clínicos de un militar o cualquier otra persona afectada por VIH a seropositivo asintomático”. Y retomó la experiencia del propio quejoso, quien al momento de que la Sedena inició el procedimiento de retiro, había sido atacado por varios males y sus defensas estaban muy bajas, pero tras recibir tratamiento y medicamentos especializados retornó a una fase asintomática, lo cual fue acreditado durante el juicio. En estos casos, el Tribunal declaró también que los militares tienen derecho al ascenso o a participar en promociones para subir de grado. “Este es un precedente jurídico que ya se puede invocar en los juicios por la baja de militares con síntomas de sida, que se dan de manera constante en la Sedena”, señaló el abogado de este asunto, Pedro Morales Aché, quien presentará dos recursos más de inconformidad por un par de soldados que están en la misma situación. Desde septiembre del año pasado, al ser resuelto un quinto caso en la Corte de militar con VIH, se creó jurisprudencia con la cual se declara inconstitucional la baja por la sola seropositivad. Si bien la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas no se ha reformado, cualquier militar que presente un amparo deberá ser reinstalado en su puesto. No obstante, se había omitido analizar casos en los que ya se presentaba sintomatología.
http://www.cronica.com.mx/nota.php?id_nota=379878

No hay comentarios.: