miércoles, 28 de enero de 2009

Ganan gays colombianos batalla jurídica

Se garantizará el acceso a la vivienda de interés popular o a bajos intereses a homosexuales AP
Bogotá, Colombia (28 de enero de 2008).- Las parejas homosexuales ganaron una batalla judicial clave con un fallo de una alta corte el miércoles, la cual les reconoció derechos similares a los que gozan las heterosexuales.Entre esos derechos reconocidos por el fallo de la jornada están desde denunciar actos de violencia intrafamiliar hasta invocar el mismo derecho de los heterosexuales a no ser obligado a declarar en contra de su pareja en un proceso judicial.En términos de parejas, dijeron activistas, ahora a los homosexuales les falta conquistar derechos como poder adoptar hijos.

La decisión del miércoles fue tomada por la Corte Constitucional -máxima instancia para examinar asuntos de la carta magna- al pronunciarse sobre una serie de demandas presentadas por un grupo que exigía que las parejas del mismo sexo, desde el punto de vista legal, fueran tratadas igual a las heterosexuales.
Así lo explicó Rodrigo Escobar Gil, quien redactó la decisión de la jornada y uno de los nueve magistrados que componen la Corte.
A raíz del fallo, se garantizará el acceso a la vivienda de interés popular o a bajos intereses a homosexuales y también que los militares gays puedan afiliarse al régimen de pensiones de las Fuerzas Armadas o a afiliar a su pareja, dijo Escobar.
Debido a la decisión, en adelante un extranjero, quien conviva con un colombiano pueda reclamar la nacionalidad colombiana, dijo Marcela Sánchez, directora de la no gubernamental "Colombia Diversa", que defiende derechos de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales y que fue uno de las demandantes.
En febrero de 2007, la Corte Constitucional puso a un mismo nivel los derechos patrimoniales -o de los bienes obtenidos durante la convivencia en pareja- de heterosexuales y homosexuales.
"Por fin, gays y lesbianas y sus parejas dejan de ser ciudadanos de segunda clase en Colombia", declaró Sánchez.
http://www.reforma.com/internacional/articulo/482/962756/

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