viernes, 11 de febrero de 2011

Metro… rieles que llevan a la discriminación.

Sin duda alguna las manifestaciones homofobicas, encaminadas a continuar con la discriminación a las personas de la diversidad sexual, o población LGBTTTI o nombradas como minorías sexuales en el contexto internacional de las Naciones Unidas, continúan perpetrándose en aras de establecer reglas de civismo, las cuales se ven desvirtuadas cuando se transgrede la nobleza de la norma jurídica.
Un nuevo atentado que denigra la dignidad humana de la población en comento se llevó acabo en días pasados, otra vez el escenario fue el Sistema de Transporte Colectivo, Metro, cuando las autoridades del mismo deciden cerrar los últimos vagones señalando que en estos se realizan prácticas sexuales a ciertas horas. Lo cual es cierto y lamentable, sin embargo la forma de referirse al asunto, dejando una imagen negativa la cual fomenta la violencia contra la población focal toda vez que se señal: se tomo esta decisión: “… Por los gays, porque se estaban apoderando de las instalaciones. Se tienen hasta grabaciones en las que se está practicando sexo oral…”, explicó a Excélsior un oficial que resguardaba el andén de la estación Bosque de Aragón, de la Línea B, para maquillar el ataque de odio el jefe de la estación Garibaldi, Carlos Martínez señalo, “… Se hace porque ya en las últimas horas de servicio se están dando situaciones entre parejas, de hombre-hombre, hombre-mujer o mujer-mujer. Muchos usuarios se quejan y nosotros tenemos que hacer algo.
Para contextualizarlo es necesario puntualizar tres temas nodales, la primera ¿dónde están las quejas?, la segunda: se señala en primer término que se están llevando prácticas de sexo oral y en la segunda establecen que se realiza sexo entre mujer-mujer, además de otros, cuando en los videos aparentemente sucede lo antes dicho entre hombres, entonces ¿dónde esta la evidencia que las lesbianas tienen sexo oral en el “metro”?, ya que se desprende de las declaraciones anteriores dicha imputación a ellas también, una doble discriminación, y la tercera: durante años se han realizado prácticas sexuales ofensivas contra las mujeres, en las cuales hombres heterosexuales se masturban y dejaban su esperma en la falda, pantalón o cualquier otra prenda de la mujer victima de hecho las cuales dudo se encuentren documentadas con tanta inquisición como los videos que se muestran teniendo sexo oral explicito entre dos hombres, cuando en miles de ocasiones son manoseadas y toqueteas por hombres las usuarias del metro no se hacen este tipo de actos en contra de ellos, solo se les separa por seguridad de no morir aplastadas, pero solo por eso y no porque son abusadas por los hombres.
Continuando con el desmenuzamiento del asunto, encontramos que dichas autoridades aluden que las acciones no están dirigidas a un grupo en especifico, al aplicar la Ley de Cultura Cívica del DF, con apego a lo dispuesto en el artículo 5, fracción IV de dicho ordenamiento señala: “…se comete infracción cuando la conducta tenga lugar en inmuebles, espacios y vehículos destinados al servicio público de transporte...”. Lo anterior contra puesto por el señalamiento más grave y que evidencia la discriminación indirecta bajo el argumento de: “…por los gays, porque se estaban apoderando de las instalaciones…”.
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 34/180 hace casi 30 años, el 18 de diciembre de 1979, discriminación que se entiende como: toda situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ponen a personas de un sexo en situación de desventaja con respecto a las del otro”, y que por obvies se refiere a un dominador y a un dominado que se tropicaliza a las relaciones de un grupo sobre otro, o raza, señala también “…salvo que puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados…”.
Existen dos consideraciones fundamentales que debemos tomar en circunspección para entender el alcance de la definición. La primera, que la discriminación indirecta sólo puede imputarse a disposiciones, criterios o prácticas, esto es a regulaciones o actuaciones generales por parte de la autoridad o de las normas sociales que tienen alcance general. Puede considerarse discriminación indirecta la que deriva de una disposición que contenga una regulación aparentemente neutra, pero que provoque el efecto señalado por la ley de discriminar: esto es, que coloque en situación de desventaja y vulnerabilidad a las personas por las razones señaladas en el artículo 1° Constitucional, con relación a las del otro. Y lo mismo puede decirse de un criterio establecido para determinadas actuaciones, o a falta del mismo, de una práctica habitual de actuación que provoque ese mismo resultado para otras minorías sociales.
Y la segunda es el resultado de la aplicación de la discriminación indirecta, la cual acarrea lamentables consecuencias para el grupo victima, como es el crear una falsa idea de un grupo minoritario frente al mayoritario, y supuestamente homogéneo, que al caso en particular se considera heteronormativizado. La desvirtuación de la norma se materializa en concreto al fijar la premisa del supuesto apoderamiento de las instalaciones del “metro”, cuando, hasta por el momento nadie se ha ido a vivir en estas instalaciones, dejando ver el odio al no aceptar que esta población la utilice, y que al hacerlo agrede de forma violenta al señalarse el “apoderamiento de las instalaciones”, como si esto fuera una denuncia social de invasión, como concepto bélico, de los espacios públicos por parte de la población LGBTTTI. Algo así como “nos invaden” y a ese grito hay que parar la invasión, creando así una imagen distorsionada y paranoica.

Las consideraciones históricas del uso de dicho espacio se da debido a establecer un espacio seguro donde viajar, creando así una esfera de protección a su dignidad y persona por parte de las personas de la población LGBTTTI constituyendose en un espacio de libertades, que a diferencia de los demás vagones no se da, en los cuales el manifestar sus sentimientos de forma coloquial, por el simple hecho de contravenir los estereotipos, eran reprobados y hasta humillados por las demás personas, siendo victimas de odio, entonces una pareja gay o lesbiana no podían tomarse de la mano, no podía recargarse parados o sentados uno con el otro, como lo hacen los heterosexuales, no podían platicar dos amigos gays porque eran ridiculizados y vistos con miradas acechadoras y burlonas, espacios donde el “metrear” que es el ligue entre gays en este espacio se ve anegado por el heteronormalismo machista, éste espacio de sociabilización conquistado por años y años, hoy se ha perdido, argumentando privar la libertad de tránsito y uso con declaraciones que dejan ver a la población LGBTTTI como depravados sexuales, corruptores de las libertades.

Ni un pasó atrás en la conquista de nuestros espacios y derechos.
C.L. Rodolfo Vitela Melgar.

Ponen fin a la 'cajita feliz'; cierra el Metro los últimos vagones

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