Falla Corte a favor de soldados con VIH
28 de Febrero del 2007
Ningún militar podrá ser dado de baja por ser portador del virus, resolvió ayer la SCJN
Víctor Fuentes
Agencia Reforma
Distrito Federal— Ningún militar podrá causar baja forzosa del Ejército sólo por el hecho de ser portador del VIH, resolvió ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación.Luego de cinco sesiones en las que se debatió el tema, y con ocho votos a favor y tres en contra, se declaró inconstitucional el artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), el cual señala como causa de retiro por inutilidad “la seropositividad a los anticuerpos contra los virus de la inmunodeficiencia humana”, es decir, el diagnóstico de que se es portador del VIH.
La Corte consideró esa disposición como discriminatoria, pues califica de “inútiles” a personas que pueden pasar varios años sin desarrollar el sida.
El presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, aclaró que el Ejército y la Marina podrán dar de baja a portadores de VIH sólo cuando exista un dictamen médico que establezca que están físicamente inútiles (sic) para el servicio activo.Precisó que lo inconstitucional es que el solo hecho de ser seropositivo sea determinante de inutilidad, independientemente del grado de avance del padecimiento.La resolución beneficia a cuatro soldados sometidos al procedimiento de “baja por inutilidad” por ser portadores de VIH, y a los familiares de uno más que falleció y podrán acceder a prestaciones económicas.Las sentencias servirán a la Corte para integrar jurisprudencia sobre el tema. Sin embargo, no genera obligaciones para las Secretarías de Defensa y Marina, que podrán aplicar en sus términos la ley del ISSFAM, mientras el Congreso no la reforme. El criterio de la Corte sí será obligatorio para todos los jueces y tribunales federales que conozcan de amparos promovidos por militares que se vean sometidos a baja por este caso.La ley del ISSFAM, vigente desde 2003, contempla una lista de más de 200 enfermedades contraídas fuera de servicio que, de afectar al militar por más de seis meses, provocan su baja.Quienes llevan más de 20 años de servicios reciben una pensión y atención médica, pero los demás sólo tienen derecho a una liquidación y pierden cualquier otro derecho.Los ministros Genaro Góngora y Salvador Aguirre sostuvieron durante los debates que la baja sí es constitucional, mientras que Mariano Azuela consideró que no había pruebas suficientes para saber si los portadores de VIH están en aptitud de desarrollar tareas propias de la milicia.
miércoles, 14 de marzo de 2007
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