lunes, 15 de octubre de 2007

SCJN DESECHA RECLAMO INDIGENA SOBRE RADIODIFUSORAS

MEXICO, Octubre. 15.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó controversias constitucionales promovidas por 44 municipios que impugnaron la llamada Ley de Medios y la omisión del Congreso para legislar sobre el acceso de los indígenas al control y operación de estaciones de radio y televisión.
Por cinco votos contra tres, la Corte consideró que la omisión legislativa no puede ser impugnada por vía de controversia constitucional, aunque admitió que dicha omisión sí existe en este caso.
Los municipios reclamaban que, luego de la reforma Constitucional de 2001 que ordena facilitar su acceso a los medios, el Congreso no ha emitido norma alguna al respecto.
Siete de los ocho ministros presentes en la sesión consideraron que, efectivamente, la omisión existe, pues más de seis años después las leyes de Telecomunicaciones y Radio y Televisión no contemplan capítulos específicos para indígenas.
El único que no estuvo de acuerdo fue el presidente Guillermo Ortiz Mayagoitia.
"Hoy por hoy, el acceso (de los indígenas) está previsto a través de los permisos, lo que pasa es que no están en condiciones de aspirar, y esas son las condiciones reales en las que se encuentra la inmensa mayoría de las comunidades indígenas, que tienen obligación de corregir los gobiernos federal, estatales y municipales, pero esto no se va a corregir porque en la ley diga que tendrán preferencia", afirmó Ortiz.
A fin de cuentas, sin embargo, se impuso el argumento de que no es posible reclamar omisiones legislativas por medio de una controversia, recurso que sólo existe para impugnar leyes publicadas y actos concretos de autoridad.
Mariano Azuela ilustró la dificultad de que la Corte le ordene al Congreso emitir una ley.
"¿Vamos a destituir a los diputados, a los senadores, si no hay mayoría para aceptar la orden de la Corte?", cuestionó.
El debate presentó serias complicaciones técnicas, que se vieron incrementadas por la ausencia de los ministros Genaro Góngora y Sergio Valls, así como por el impedimento de su colega José Ramón Cossío para participar en esta discusión.
Góngora había insistido en las sesiones anteriores que la Corte debía ordenar al Congreso subsanar la omisión legislativa.
Otros aspectos de la reforma de 2006 a las leyes en esta materia que fueron reclamados por los municipios ya habían sido resueltos por la Corte cuando revisó en junio la acción de inconstitucionalidad promovida por una minoría del Senado.
En las sentencias aprobadas hoy, la Corte reiteró que no existe discriminación por el trato diferenciado a permisionarios y concesionarios de radio y televisión, así como el trato distinto a permisionarios públicos o privados.

Fuente: GRUPO REFORMA
Víctor Fuentes Redacción

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